Justicia

La Corte Suprema anuló la condena a un cura abusador

El máximo tribunal cerró la causa a casi 30 años de los hechos, generando críticas por priorizar plazos en lugar de justicia para las víctimas.

  • 01/07/2025 • 19:18

Con un fallo dictado este martes, la Corte Suprema sobreseyó a Justo José Ilarraz, el ex sacerdote condenado a 25 años de prisión por abuso sexual a siete menores en Paraná, al considerar que los hechos prescribieron, ya que ocurrieron entre 1985 y 1993. Ilarraz había sido expulsado de la Iglesia por el Papa Francisco.

 El tribunal sostuvo que los delitos habían superado los 12 años de plazo previsto en el artículo 62 del Código Penal y que no existía causal para suspender o interrumpir la prescripción, lo que derivó en la extinción de la acción penal.

 Los hechos, confirmados por la Cámara de Paraná y la Procuración entrerriana, habían sido catalogados como abuso a menores en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, la Corte rechazó la apelación de esa postura y consideró que no correspondía asimilarlos a delitos de lesa humanidad, como habían sostenido los jueces locales .

 

En su resolución, el máximo tribunal advirtió que el criterio evaluado “se proyecta a numerosas causas en las que también se discute la vigencia de la acción penal en relación con la presunta comisión de abusos sexuales contra menores de edad en el período previo a la entrada en vigencia de las leyes 26.705 y 27.206”.

 Este fallo provocó la reprobación de organizaciones de derechos humanos y familiares de las víctimas, quienes ven una oportunidad perdida de reparación. La Corte aplicó de manera rígida la prescripción, pese a las leyes posteriores que ampliaron los plazos ante la naturaleza de estos delitos.

 Mientras la Justicia cerró la causa, quienes sufrieron los hechos denunciaron que recomendaba mayor sensibilidad con el derecho de las víctimas a ser oídas. Argumentaron que la prescripción penal no debería prevalecer frente al daño psicológico de abuso infantil, sobre todo tras años de silencio y omisión .

La decisión generó un choque con la Ley Piazza y la Ley 27.206, normas que amplían los plazos de prescripción del abuso sexual infantil a partir de la mayoría de edad de la víctima, partiendo de que estas demoran en procesar su experiencia.

 A casi treinta años de los hechos, el fallo plantea un dilema: ¿la justicia prioriza el calendario legal o el derecho de las víctimas a condenar los delitos? Para muchos, el sobreseimiento es una demostración de que la Corte no supo adaptarse a las leyes diseñadas para garantizar el acceso a la justicia.