Policía

Agente fue cesanteado por exhibir sus partes íntimas a dos menores

La disposición fue dada a conocer en el Boletín Oficial emitido ayer. El policía fue denunciado por exhibir sus partes íntimas de dos menores de edad, en la vía pública. Él nunca negó el hecho y dijo estar arrepentido.

  • 26/06/2020 • 08:34
Extracto del boletín oficial donde se anuncia la cesantía.
Extracto del boletín oficial donde se anuncia la cesantía.

Ayer se conoció que un agente de policía fue cesanteado por delito grave dentro de la fuerza policial.

La cesantía del agente de policía Mario Gonzalo Dávila fue instruida debido a las actuaciones que se iniciaron a raíz de las denuncias realizadas por dos ciudadanas en la Comisaría Tercera, el día 29 de agosto de 2018, dándose inicio a actuaciones preventivas por presunta infracción al art. 129 del C.P. (exhibiciones obscenas) instando la correspondiente acción penal.

De las investigaciones efectuadas, en razón de las características aportadas por las denunciantes se logró ubicar al agente de policía como presunto autor de los

hechos, por lo que se procedió el 4 de septiembre de 2018, a suspender provisoriamente al sumariado, siendo debidamente notificado.

Durante la tramitación del presente, se recibió Oficio Nº2813/18 proveniente del Juzgado de Instrucción Nº2 de esta ciudad capital, dictado en el marco de los autos “S.F.A.S/DENUNCIA EXHIBICIONES OBSCENAS EXPTE. Nº65.130/18 donde se informó que el agente de policía reviste calidad de imputado. Ante esta situación se notificó al agente a los fines de que ejerza su derecho de defensa, realizando su correspondiente descargo donde manifiesta encontrarse arrepentido de todo lo ocurrido, no negando los hechos denunciados en ningún momento.

El instructor sumarial en sus conclusiones señala que Dávila incurrió en una falta grave que ha afectado el prestigio de la institución policial, ante lo cual considera se debe aplicar una medida expulsiva, posteriormente se notifica al agente de policía a los fines de que tome vista de las actuaciones y ejerza su derecho de defensa, realizando una presentación donde reconoció su responsabilidad sobre los hechos que le acusan, tratando de justificar su accionar a los fines de lograr una atenuación de la sanción disciplinaria.

Una vez concluida la investigación, toma intervención la Dirección de Asuntos Legales compartiendo el criterio vertido por el instructor, añadiendo que la falta es considerada grave en razón de la naturaleza del hecho teniéndose presente que una de las víctimas es menor de edad.

Es de señalar que en el marco de todo lo actuado, se procede al dictado de la Disposición D.G.P-R.-490 de fecha 06/10/19 por el cual el señor Jefe de Policía encuadra la conducta del sumariado como falta grave prevista en el artículo 9, agravado por el artículo 41 incisos 1, 2 y 3 del R.R.D.P., propiciando ante el Poder Ejecutivo el dictado del instrumento legal pertinente que decrete la cesantía del agente de Policía, el cual fue debidamente notificado al sumariado, no presentando recurso alguno ante lo resuelto.

Debido a lo precedentemente expuesto, y dada la gravedad de la falta que se le enrostra al Agente de Policía Mario Gonzalo Dávila, nada obsta para

proceder en consecuencia, por ello y atento a los dictámenes SAJ-Nº019/20, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, la Gobernadora de la provincia decreta:

1º- Declárase cesante a partir del día de la fecha, al agente de Policía Mario Gonzalo Dávila, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 9º agravado por el Artículo 41º Incisos 1), 2) y 3) del Decreto Nº2091/72, por aplicación de los Artículos 10º, 34º y 35º del R.R.D.P.

2º- El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.