La alumna tiene 15 años

Denuncian a un profesor de física de estupro

En la tarde de ayer, el padre de una menor de 15 años se presentó en una de las comisarías de El Calafate, donde denunció que su hija mantenía una relación amorosa con su profesor de física. Interviene el personal de Niñez, Adolescencia y Familia de la villa turística.

  • 28/08/2018 • 09:18

En la tarde de ayer, un hombre de 38 años se presentó en una de las comisarías de El Calafate, para denunciar a un profesor ya que éste mantendría una relación amorosa con su hija de 15 años.

Según pudo saber TiempoSur, el hombre les contó a los uniformados, que horas antes fue llamado por los directivos del establecimiento educativo, donde le contaron que su hija mantenía una relación   con el profesor de física, de quien aportaron los datos filiatorios.  

Una vez que los uniformados terminaron de tomar la correspondiente denuncia, dieron aviso al Juzgado de Instrucción y del Menor Nº1, a cargo del Dr. Carlos Narvarte, y a través de su secretario, se les solicitó que enviaran todos los papeles inmediatamente al Juzgado. Además se dio intervención al personal de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y  Familia de la villa turística.

Al cierre de esta edición, el personal policial esperaba directivas de la sede  judicial. 

 

¿Qué es el estupro?

El estupro es un delito sexual que se produce cuando una persona, generalmente mayor de edad, mantiene relaciones sexuales con una persona adolescente que consiente la relación. La edad mínima y máxima varía según las legislaciones, así como las características del acto sexual. En muchos casos el delito exige que se haya aprovechado la inmadurez de la víctima. Se diferencia de la violación por el hecho de que no hay violencia contra la víctima, que manifiesta su consentimiento para el acto.

 

¿Cómo está penalizado?

En Argentina, a partir de la reforma de 1999, la ley prevé de tres a seis años de prisión para la comisión del crimen de estupro, y la pena se extenderá si existen agravantes.

“Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo Nº119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor o su relación de preeminencia respecto de la víctima”, dice.

Por otra parte, la condena oscilará entre ocho y veinte años de cárcel si se comprobara un “daño en la salud mental o física de la víctima”, si hubiese relación de parentesco entre ambos, si fuera cometido por dos o más personas o si se utilizaran armas para su comisión, entre otros agravantes.

Si la víctima terminara muerta, al agresor le correspondería cadena perpetua.

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