Proyecto

Avanza la creación del programa anti bullying

Se trata de un proyecto que se encuentran en comisiones. Es de autoría del legislador provincial Eloy Echazú. Qué propone y qué marco de contralor se crea sobre esta figura de abuso.

  • 31/05/2023 • 08:29

El diputado por pueblo de Río Gallegos, Eloy Echazú (Frente de Todos) presentó tiempo atrás en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para la creación de un Programa de Abordaje y Prevención del Bulliying. El mismo se encuentra en las comisiones de la legislatura provincial y tiene como objetivo encarar de manera profunda desde el Estado, la la problemática del acoso entre pares, que no solamente se da en las escuelas, sino también en otros ámbitos y actividades extracurriculares.

 

La iniciativa establece la creación de un Programa de Capacitación obligatoria en la temática de “Abordaje y Prevención del Bullying”, destinado a todas las personas que se desempeñen en los tres (3) Poderes del Estado, clubes, asociaciones deportivas y culturales, con la finalidad de difundir la prevención, abordaje y erradicación del maltrato, acoso y/o violencia, denominado “Bullying”.

Para profundizar, define a la palabra como cualquier forma de maltrato o violencia; psicológico, verbal o físico que tiene lugar entre niñas, niños y adolescentes y que se produce tanto de manera presencial en las aulas como así también en otros ámbitos, como por ejemplo las redes sociales, uno de los medios que cada vez es más utilizado denominándose ciberbullying. Este hostigamiento es sostenido y reiterado en el tiempo; siempre dirigido a una persona.

En sus artículos, indican que la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, será la Autoridad de Aplicación de la futura ley, quién tendrá a su cargo la creación del Programa de Capacitación sobre Abordaje y Prevención del Bullying. La máxima autoridad de cada organismo es la responsable de garantizar y articular la implementación de las capacitaciones, en sus áreas, de acuerdo a lo que impulsa el proyecto de ley.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Las personas que debiendo realizar las capacitaciones y no las realicen, serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad que corresponda. El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave y dará lugar a la sanción disciplinaria respectiva.