Alivio

Ya está en vigencia la Emergencia Comercial y suspenden los embargos provinciales hasta fin de año

El secretario de Comercio e Industria, Paulo Luncevich, confirmó en La Bisagra que el trámite ya se puede realizar de forma online. La norma frena las ejecuciones fiscales de la ASIP y ofrece planes de pago de hasta 60 cuotas con quita total de multas e intereses.

  • 20/05/2026 • 20:59

Tras algunos meses de debate técnico y administrativo, el Gobierno de Santa Cruz oficializó la reglamentación de la Ley de Emergencia Comercial. En diálogo con el programa La Bisagra , el secretario de Comercio e Industria de la provincia, Paulo Luncevich, anunció que la plataforma digital ya se encuentra totalmente activa para que los comerciantes locales puedan tramitar el certificado de beneficio y acceder a un importante paquete de contención financiera.

100% digital

Luncevich explicó que la demora en la reglamentación de la norma (aprobada originalmente a fines de febrero) se debió a la necesidad de coordinar los aspectos jurídicos con los distintos entes recaudatorios. Sin embargo, destacó que el proceso actual es ágil y no requiere presencialidad:

"Desde hoy a la mañana está activa la subpágina exclusiva dentro de la web del Ministerio de la Producción (minpro.santacruz.gov.ar/emergenciacomercial). Allí los interesados pueden descargar el formulario, completarlo online, imprimirlo, firmarlo y enviarlo escaneado o por foto mediante correo electrónico. Nosotros verificamos los datos, emitimos el certificado y se lo reenviamos por la misma vía", detalló el funcionario.

Los requisitos solicitados

Para acceder al beneficio, las normativas vigentes establecen la presentación de:

Certificado MiPyME vigente.

Constancia de inscripción en la ASIP.

Formulario 931 (para aquellos comercios que tengan empleados en relación de dependencia dentro de Santa Cruz).

Documentación que acredite la actividad (contrato de alquiler o título de propiedad del local comercial).

Adiós a los embargos y facilidades de pago

El eje central y más urgente de la Emergencia Comercial es la suspensión total de los embargos fiscales de carácter provincial hasta el 31 de diciembre de 2026. El secretario aclaró un punto que generó confusión en las últimas horas: "El alcance de esta ley es estrictamente provincial. Abarca a los organismos de nuestra jurisdicción, pero no incluye a los impuestos nacionales (ARCA, ex AFIP) ni a las tasas municipales, a menos que cada municipio decida adherir formalmente".

Respecto a las deudas contraídas con la ASIP, Distrigaz y Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE), se implementará un agresivo plan de regularización:

Financiación de hasta 60 cuotas.

Una tasa de interés con un tope del 25% anual (muy por debajo de los índices del mercado).

Quita de hasta el 100% en multas e intereses por pagos fuera de término, permitiendo refinanciar el capital en bruto.

Caída del consumo y el freno de los alquileres

Al analizar las causas de la crisis del sector, Luncevich trazó un duro diagnóstico sobre la coyuntura económica actual, marcada por la pérdida del poder adquisitivo del salario real, el encarecimiento de las tarifas públicas y el endeudamiento con tarjetas de crédito. "Todo lo que no sea de primera necesidad hoy está prácticamente parado: indumentaria, calzado y esparcimiento sufren una caída drástica", graficó.

Asimismo, sumó otra variable que está obligando a los comerciantes a bajar las persianas en las zonas céntricas: la imposibilidad de renovar los contratos de alquiler debido a los valores excesivos.

"Esta ley es una herramienta de contención, no le va a solucionar la vida mágicamente a nadie, pero frena los embargos. Hoy, bloquearle la cuenta a una PYME es cortarle la cadena de pago a proveedores y la posibilidad de pagar los sueldos a los trabajadores. Por eso, también le hemos pedido formalmente al Gobierno Nacional que adopte una medida similar a través de ARCA, porque congelar una cuenta en este contexto equivale al cierre definitivo del comercio", concluyó Luncevich.