Argentina

Consenso Fiscal: las implicancias de lo aprobado en Diputados

Los diputados nacionales dieron el visto bueno al proyecto en la legislatura. Cómo votaron los santacruceños y qué significará para la Provincia.    

  • 16/09/2022 • 19:40

Por 136 votos a favor, 108 en contra y 4 abstenciones, se sancionó la ratificación del pacto firmado entre Nación y 21 provincias. Junto al Frente de Todos votaron un grupo de legisladores radicales que responden a sus gobernadores. La iniciativa faculta a los gobernadores a aumentar impuestos locales, como Ingresos Brutos y Sellos. Asimismo, incluye un capítulo denominado de “endeudamiento responsable”, que determina que las provincias podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo por medio de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito.

El debate presidido por la titular de la Cámara, Cecilia Moreau, se inició pasadas las 21,30 del jueves, luego de la aprobación del Consenso Fiscal 2022, y su tratamiento demandó sólo dos horas dado que se resolvió entre los diferentes bloques acortar la lista de oradores para intervenir en el tratamiento.

Como cada proyecto "picante" dentro de la legislatura, se dividieron aguas a la hora de la votación. El bloque del Frente de Todos (con los santacruceños Gustavo González, Paola Vessvessian y Jorge Verón) votaron a favor del mismo. En tanto Claudio Vidal (SER) también acompañó con el voto. En tanto Roxana Reyes votó en contra. El único que tomó la palabra por Santa Cruz fue Vidal, quien realizó una extensa crítica al Gobierno Provincial, alegando el estado de las escuelas y de las rutas.

 

El documento se firmó el 27 de diciembre de 2021. No adhirieron las provincias que originalmente no lo habían hecho -San Luis y La Pampa- y la Ciudad de Buenos Aires, que mantiene un litigio con Nación por el tema de la coparticipación.

A partir del nuevo Consenso Fiscal, las jurisdicciones podrán aplicar alícuotas máximas para el impuesto sobre los Ingresos Brutos y el de Sellos.

Sobre Ingresos Brutos se acordó gravar la comercialización de bienes o servicios a través de medios o tecnología que permitan la realización de las transacciones en forma remota.

Sobre Sellos se estableció una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles; del 3% a la transferencia de automotores; y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general.

En tanto, no estarán sujetos a alícuota máxima los actos, contratos y operaciones relacionados con las actividades de loterías y los juegos de azar.

Además, las provincias podrán elevar más allá del máximo de 2% el impuesto inmobiliario; y abre la posibilidad a que las jurisdicciones reestablezcan el impuesto a la herencia, actualmente vigente en la provincia de Buenos Aires.

Las provincias solo podrán incrementar el stock de deuda en moneda extranjera en los casos de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, desembolsos pendientes, incrementos de stock generados por administración de pasivos, canjes o reestructuraciones y amortizaciones de capital, establece.