Cámara de Diputados

Proponen crear un juzgado que atienda casos de violencia de género y niñez

La iniciativa busca la implementación de un Juzgado específico que trate particularmente todas estas circunstancias con especial formación para dar respuestas efectivas en el circuito administrativo, judicial ya estructurado.  

  • 22/09/2019 • 09:54
Diputado Claudio García, autor del proyecto de ley.
Diputado Claudio García, autor del proyecto de ley.

A través de un proyecto presentado en la Legislatura provincial, se propone crear el Juzgado de Violencia Doméstica, de Género, de Protección de niñas/os y adolescentes, en la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Cruz.

Según sostiene esta iniciativa, este Juzgado será competente en lo atinente a la Violencia Doméstica, de Género, de Protección de niñas/os y adolescentes, Medidas Excepcionales Ley 2323, 3260 y Ley 3595 RUV.

Asimismo, indica que la competencia territorial del mismo será la de los Juzgados de Primera Instancia ya existentes.

 

Competencia- El proyecto –presentado en la última sesión ordinaria por el diputado Claudio García- expresa que para ser Juez se deberán cumplir las condiciones y requisitos exigidos para los Jueces de Primera Instancia:

Se requerirá ser argentina/o en ejercicio de la ciudadanía, tener título de abogada/o, haber cumplido treinta (30) años de edad y cinco (5) años de ejercicio en la profesión de abogado o haber desempeñado función judicial por igual lapso.

Asimismo, establece la inhibición a los Juzgados de Familia de la Primera Circunscripción a seguir actuando en la temática del Juzgado creado hasta su efectivo funcionamiento.

También aclara que el Poder Judicial -a través de las áreas competentes- transferirá las Secretarías de Violencia de los Juzgados de Familia de la Primera Circunscripción al Juzgado de Violencia Doméstica y de Género, Protección de niñas/os y Adolescentes y Medidas excepcionales de Protección Ley 2323; 3595.

 

Recursos para su creación- El proyecto de ley pide –además- suprimir un Juzgado del Menor con asiento en la ciudad de Río Gallegos –Ley Nº1 y modificatorias correspondiendo la reestructuración funcional con las áreas que el Poder Judicial disponga.

Y sostiene que, hasta el llamado a Concurso Público para el cargo de magistrado de este Juzgado, en un todo de acuerdo al Art. 128 bis de la Constitución Provincial, la/el magistrada/o subrogante en primer término será el que por turno corresponda del Juzgado de Familia, luego la/el juez del Menor y/o las/los Juezas/jueces civiles de primera instancia de la primera circunscripción Judicial.              

Y establece que el Ministerio de Economía deberá asignar las partidas presupuestarias pertinentes al Poder Judicial, para crear para la concreción del Juzgado creado y la reestructuración funcional y de los recursos humanos; el Poder Judicial con las facultades asignadas en la Ley Nº1 y modificatorias debe efectivizarlo.

 

Juzgado específico- En los fundamentos esgrimidos por el legislador, se sostiene que mediante el análisis de la normativa vigente, la documental de las diferentes dependencias judiciales, el Ministerio de Gobierno –RUV- Comisaría de la Mujer-, etc. dan cuenta que, en los últimos años ha ido aumentando o se ha puesto con mayor evidencia las situaciones de vulneración en las problemáticas de violencia familiar con las implicancias que de ello deviene en el hogar, en sus integrantes directos e indirectos y su grupo de relación.

“De ello se reconoce que procede la implementación de un Juzgado específico que trate particularmente todas estas circunstancias con especial formación para dar respuestas efectivas en el circuito administrativo, judicial ya estructurado. Esto es, desde la información adecuada, orientación, primer asesoramiento legal, médico y psicológico a quienes lo requieran de manera gratuita, respecto a los derechos de los ciudadanos y las vías más efectivas para hacerlos valer”, sostiene entre otras cosas.