Sistema Provincial de Información Criminal

El SPIC depende del Ministerio de Seguridad

Ayer se dio a conocer en el Boletín Oficial, en el cual se establece que el SPIC funcionará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, como así también solicita datos de latitud y longitud que permitirán realizar todos los mapeos delictuales.

  • 18/08/2021 • 10:30
Extracto del Boletín Oficial.
Extracto del Boletín Oficial.

La Resolución N°40, dada a conocer en el Boletín Oficial de ayer, establece que el Sistema Provincial de Información Criminal dependerá del Ministerio de Seguridad, a cargo de Lisandro De la Torre.

La misma dice que la Ley Provincial Nº3523 establece nuevas bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la provincia de Santa Cruz en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad, en las que se determinó la creación del Ministerio de Seguridad, el cual asiste al Poder Ejecutivo Provincial en todo lo concerniente a la seguridad pública provincial, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático estableciendo además, sus competencias particulares.

Es de señalar que el Decreto Provincial N°0407, de fecha 20 de abril del año 2020, se aprobó en todas sus partes la reglamentación del Artículo 10° Ter, Inciso e) del Capítulo III de la Ley Provincial N°3480, por el cual se conforma el “Sistema de Administración Conjunta de la Seguridad” (SACS), tendiente a regular la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz.

Por Resolución Ministerial MG-N°183/16, de fecha 19 de septiembre del año 2016, emanada del Ministerio de Gobierno, se creó el “Sistema Provincial de Información Criminal (SPIC)”, la que en materia de gestión de la información criminal y el diseño de políticas de seguridad existen dos dimensiones principales de aplicación y usos de la información: Una corresponde a la información para la planificación, instrumentación operativa y evaluación de planes y acciones; y la otra corresponde a las estadísticas generales y de carácter público que muestran las evoluciones más generales de los fenómenos criminales relevantes para el diseño de las políticas de largo plazo, para el análisis e investigación académica de los fenómenos y para el conocimiento general de la población.

La primera dimensión, abarca el uso de la información para la planificación e instrumentación de las medidas y planes de prevención del delito de las agencias del estado y de las acciones tácticas y operativas, en particular de la fuerza de seguridad. En este plano, uno de sus instrumentos es el mapa del delito o el análisis espacial dinámico de los fenómenos de violencia y delito que permiten ver el comportamiento de las distintas modalidades delictivas y aplicar ese análisis al diseño operativo de las medidas preventivas.

En razón de lo expuesto, se deberá establecer que el “Sistema Provincial de Información Criminal (SPIC)”, funcionará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, en ese sentido, los datos diarios, semanales y mensuales de la información reunida, podrán ser utilizados en el monitoreo y evaluación del funcionamiento preventivo y, además, compararse con datos operativos, los que  apuntan a lograr un cambio en la actual situación, a partir de establecer un modelo más integrador de gestión institucional de la provincia, apoyado por una mejora funcional, con la incorporación, además, de nuevas variables que amplíen las posibilidades de análisis y estudio. Por todo lo expuesto el Ministro de Seguridad resuelve:

1- Establézcase, que el “Sistema Provincial de Información Criminal (SPIC)”, funcionará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, en virtud de los considerandos expuestos en la presente.

2- Facúltese al Subsecretario de Formación, Capacitación y Análisis de la Información Criminal, a dictar las adecuaciones complementarias sobre el funcionamiento del Sistema citado en el punto precedente.

3- Déjese establecido, que las dependencias pertenecientes a la Policía de la Provincia de Santa Cruz, deberán responder todo requerimiento cursado por la Secretaría de Estado de Seguridad, respecto a la información necesaria del “Sistema Provincial de Información Criminal (SPIC)”.

4- Apruébese, las planillas de hechos delictuosos en los formatos que deben ser completados y remitidos, como así también las Cuestiones Conceptuales y Metodológicas Básicas.

5- Pase a la Secretaría de Estado de Seguridad y Jefatura de Policía.