Jefatura de Policía

Cesante por falsificar la firma de un agente

En el Boletín oficial del pasado 21 de este mes, se dio a conocer la cesantía del cabo de Policía Fernando Félix Gómez, quien falsificó la firma de un agente, quien realizó un informe. De acuerdo al descargo realizado por el Cabo, firmó el informe para no molestar al agente que tenía licencia.  

  • 25/10/2021 • 10:58
Jefatura de Policía impulsó las investigaciones de la causa.
Jefatura de Policía impulsó las investigaciones de la causa.

El pasado jueves, en el Boletín Oficial se dio a conocer el Decreto N°0737, mediante el mismo la Jefatura de Policía propicia la cesantía del cabo de Policía Fernando Félix Gómez, ya que la misma inicia debido al parte informativo confeccionado por el oficial Inspector Gastón Suárez, en el que cuenta que el 3 de junio del año 2018, procedió a notificar al agente Loreto Lemos, realice una corrección de un informe que debía ser elevado a la Fiscalía Federal de Primera Instancia

de esta ciudad capital. El agente al ver el informe expresó que la firma que había en el informe no era suya y que el mismo hubo de ser entregado como documento “Word” al cabo Fernando Félix Gómez, en razón que éste último fue designado como secretario durante su ausencia.

Ante esto el comisario Daniel Leandro Carrillo, informa al Juzgado Provincial de Primera Instancia de Instrucción Nº3, sobre los hechos objetos de investigación y anexó partes de inteligencia e informes.

En el expediente se agregaron los informes relacionados a la labor investigativa que realizaban en la División de Narcocriminalidad, en los que se observa que el policía actuante es “Lemos José Loreto agente Policía de Santa Cruz” y su firma. También se encuentran en el expediente las declaraciones testimoniales del agente de Policía José Loreto Lemos y el sargento de Policía Nelson Gustavo Muñoz, como así también la exposición de descargo del cabo de Policía Fernando Félix Gómez.

Confesó la falsificación

De acuerdo lo que dice el Boletín Oficial, en su descargo Gómez confesó que había realizado la firma falsa en el sello del

agente José Loreto Lemos, expresando con motivos de su accionar que no quería molestarlo debido a que se encontraba

de Licencia Extraordinaria por el nacimiento de su hijo y que de dicho accionar no tenía conocimiento Lemos…”, por lo que, a raíz de lo expuesto, el subcomisario Alfonso Ramiro Domínguez, en su carácter de Segundo Jefe a cargo de la División Narcocriminalidad, dispuso transformar los presentes actuados en Sumario Administrativo, a los fines de dilucidar la falta cometida por el cabo Fernando Félix Gómez.

Desde la sede judicial se emite el Oficio Judicial Nº2257/18, procedente del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº3 de esta Ciudad Capital, librado en los autos decretos del Poder Ejecutivo caratulados: “División Narcocriminalidad R.G. S/Remite Actuaciones por S/Falsedad Ideológica”, solicitando que se informe si en relación al hecho que se investiga se iniciaron actuaciones administrativas internas, requiriendo copias de las mismas. También toma intervención la Dirección General de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº 705-D.G.A.L./20, concluyendo que habiendo examinado las pruebas reunidas, surge que existe responsabilidad administrativa imputable al cabo Fernando Félix Gómez, quien con su conducta consiste en: “Haber firmado informes que debían ser elevados a la Justicia Ordinaria (Fiscalía), como si fuese el agente Lemos José Loreto, siendo desconocida la firma inserta”, incurrió con su accionar en una falta de carácter grave, por la naturaleza, los hechos y las circunstancias que lo rodearon, quien en su carácter de Funcionario Policial ha omitido cumplir con las diligencias judiciales ordenadas con la debida diligencia y probidad, la buena fe, que todo funcionario debe observar las normas y procedimientos para el cumplimiento de funciones como auxiliares de la Justicia, induciendo a error y engaño a sus superiores que el informe fue firmado por el agente Lemos, por lo que tal conducta no se condice con los deberes esenciales para el personal policial, teniendo el deber de observar y hacer cumplir la Ley, ello es pasible de sanción agravada, toda vez que por el hecho se encuentra involucrado en actuaciones judiciales afectando así prestigio e imagen de la institución policial.

Continuando con el dictamen del área legal de la institución, opina que de acuerdo a todo lo expuesto, considera que la causa debe ser resuelta con la aplicación de la sanción disciplinaria con cesantía.

En el marco de lo actuado, en sede administrativa se emitió Disposición Nº 388-JP/2020 de fecha 26 de octubre del año 2020, por la cual el Jefe de Policía

de la Provincia dispone encuadrar la conducta del cabo Fernando Félix Gómez, como falta de carácter grave;

Por ello y atento a los Dictámenes Nº 003-DALyS/2021, emitido por la Dirección de Asesoría Legal y Sumarios dependiente del Ministerio de Seguridad, la Gobernadora de la provincia decreta, declarar cesante, al cabo de Policía Fernando Félix Gómez, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 9º.