Santa Cruz

Luego del decreto de Macri, los diputados buscarán prohibir la creación de áreas protegidas

El proyecto presentado ayer en la Legislatura declara la emergencia “en materia de posesión y tenencia de tierras  rurales”, y prohíbe por 6 meses hasta que se efectúe “un inventario que releve la totalidad de los establecimientos agropecuarios de la Provincia de Santa Cruz”.

  • 28/09/2018 • 08:01

El Decreto 838/2018 del presidente Mauricio Macri que creó la Reserva Natural Silvestre Patagonia en Santa Cruz, luego de la donación de parte de la Fundación Flora y Fauna de más de 38 mil hectáreas, tuvo su reacción en la Legislatura de Santa Cruz.

Ayer ingresó un proyecto de ley -autoría de los diputados Carlos Santi y Javier Flores (FPV-PJ)- que declara “la emergencia en materia de posesión y tenencia de tierras rurales en lo referente a la creación de áreas naturales protegidas de acuerdo a las legislaciones provincial y nacional vigente”.

La propuesta busca prohibir por seis meses –que podrían prorrogarse por seis más-  cualquier acto administrativo que tienda “nuevas áreas naturales protegidas” hasta que no se diseñe un inventario que integre “la totalidad de los establecimientos agropecuarios de la Provincia de Santa Cruz, que permita delinear, en idéntico período, un plan de desarrollo estratégico de unidades productivas que potencien y reactiven de manera integral y sustentable al sector agropecuario provincial”.

Los diputados de este modo buscan reafirmar lo señalado en la Constitución  Provincial, que en el Artículo 104, le otorga a la Legislatura el poder de autorizar de enajenación, autorización y abandono de jurisdicción de las tierras para cederlas al Gobierno nacional, el cual recibió la donación de las tierras por parte de la Fundación Flora y Fauna.

El proyecto además especifica que será el Consejo Agrario Provincial la autoridad de aplicación, y que el relevamiento de las tierras deberá contener: a) Nombre del establecimiento. b) Cantidad de hectáreas comprendidas. c) Titularidad y estado de registro dominial. d) Tipo de explotación desarrollada. e) Potencialidad económica.

Cuando los datos hayan sido recolectados,  el Consejo Agrario lo enviará a la Legislatura, junto con un “proyecto de Plan de Desarrollo Estratégico del Sector Agropecuario Provincial para su análisis y formalización mediante Ley acorde”.

“A los efectos de la elaboración del Plan de Desarrollo Estratégico del Sector Agropecuario Provincial la autoridad de aplicación deberá articular con el Ministerio de Producción, la Secretaría de Estado de Ambiente y, excluyentemente, con participación de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral y Tecnológica Nacional, las acciones necesarias que multidisciplinaria y transversalmente definan al mismo”, aclara la prepósito en su Artículo 6.

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