Hace un año, en medio de la pandemia

Santa Cruz: Qué sucedió con el caso de la mujer que salió a comprar fiambre y terminó detenida

Sucedió el 5 de septiembre del año pasado en 28 de Noviembre, cuando solo los impares podían circular. Gisel Tapia, cuyo último número de su DNI era par, iba en remis, la policía paró el auto en un control rutinario y quedó detenida durante una hora y media.

  • 30/08/2021 • 08:21
Los controles policiales y de las fuerzas fueron más rigurosos durante el primer año de pandemia. (Foro archivo).
Los controles policiales y de las fuerzas fueron más rigurosos durante el primer año de pandemia. (Foro archivo).

Por la tarde-noche del 5 de septiembre de 2020, Gisel Tapia tomó un remis para ir a comprar fiambre al almacén "Chiche" en 28 de Noviembre.

En ese momento estaba vigente la normativa por la cual sólo las personas cuyo último número de DNI finalizaba en número par, podían circular los días pares y la misma modalidad con los números impares.

Aquel día estaban autorizados los impares, Gisel era par. 

Cerca de las 19:00 en un control que estuvo a cargo de la DDI, policías detuvieron el vehículo y solicitaron la  documentación correspondiente.

La mujer policía la detuvo. Gisel estuvo -erróneamente- una hora y media detenida en la Comisaría.

"Era par y ese día le tocaba al impar. Me acuerdo de todo", recordó Gisel en diálogo con TiempoSur.

"En la avenida nos pararon, pasé el DNI y cuando pregunté por mi DNI, me hicieron bajar, me revisaron entera. Todo fue muy rápido", relató.

El desconcierto de Gisel fue tal, que incluso pensaba que había sucedido algo con el remis en el cual transitaba.

"Me revisaron y no tenía nada. Me levantaron la remera, la ropa, todo, hasta las medias mientras me miraba toda la gente que pasaba. Y solo pregunté por qué y pedí me devuelvan el Documento y allí la mujer policía -Andrea Méndez- dijo: “A esta la llevamos, que venga un móvil”, precisó.

Primero fue trasladada al hospital para verificar que no tuviera ninguna herida.

"En el Hospital me miraban mal (los policías) y cuando estábamos llegando a la Comisaría llega mi marido. Vivimos cerca, y estuve esposada porque me metieron al auto entre tres como si fuera una delincuente, de eso no me olvido más", resaltó.

En la Comisaría le quitaron sus pertenencias y luego de aproximadamente   hora y media, gracias la intervención de su marido -Gastón Moyano- que acudió a la dependencia policial, fue liberada. Originalmente, como contó Moyano un año atrás, la policía quería dejarla detenida durante seis horas.

Le pidió explicaciones a Sergio Chacana, jefe de la División de Investigaciones de la Cuenca Carbonífera, dependiente de la Policía de Santa Cruz. “Tu señora le faltó el respeto a un policía”, contó. El Jefe de la DDI “justificó el accionar y no me quería dar explicaciones. Primero me dijo que interrumpió un procedimiento, y después que mi mujer le faltó el respeto a un agente”.

Moyano se enteró de la detención de su esposa gracias al remisero.

El caso fue muy conocido en la Cuenca Carbonífera. Gisel adelantó en ese contexto que iba a realizar una denuncia ante la Fiscalía Federal de Río Gallegos por maltrato policial.

"Me comuniqué con la Fiscalía y el Dr. Zárate me dijo que no correspondía la denuncia porque no era su jurisdicción. Que debía hacerla en el Juzgado de Río Turbio", contó Moyano a TiempoSur.

Pero transcurrido un año "no pasó nada".

Gisel fue a declarar, pero no conoce qué sucedió con su denuncia.

Según su marido, hubo otras denuncias contra Chacana. 

Cómo debe actuar la policía

Como se aclaró en diversas oportunidades y desde este medio, el accionar policial ante una persona que circula sin motivo dentro de la disposición por la pandemia, indica que si no puede justificar el motivo de su circulación, deben realizarle un acta de infracción y propender a que la persona retorne a su domicilio. Sin perjuicio de esto, y según lo requiera el Fiscal, se le puede iniciar una denuncia penal por no respetar los DNU vigente de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

De acuerdo al Ministerio Público Fiscal, en cuanto a las "Facultades y límites de las fuerzas de seguridad en el marco del control del aislamiento social, preventivo y obligatorio", la policía y fuerzas de seguridad no podrán:

-Apartarse de los principios fijados en los protocolos de actuación que regulan el uso racional de la fuerza, esto es: legalidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad;

-Realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos, de grupos de personas que se encuentren en la vía pública. El abordaje debe ser personal (con excepción de indicarse medidas de contención de tumultos para las cuales se impartirán órdenes específicas de las jefaturas de cada Fuerza);

-Proceder a la detención de manera compulsiva sin antes recabar los motivos por los que la persona se encuentra fuera de su domicilio;

-Realizar detenciones sin informar inmediatamente a la autoridad judicial interviniente, ni realizar traslados a comisarías o dependencias de las fuerzas de seguridad sin la intervención del juez o el fiscal;

-Impedir el registro fílmico de la intervención policial en un caso concreto por parte de una tercera persona;

-Retener y secuestrar documentación personal (DNI u otros) de las personas infractoras que sean detectadas en el marco de un control.