Apuntes Ciudadanos

Cartas Orgánicas: Obligaciones

“La articulación entre mecanismos de democracia participativa y directa y la democracia representativa es un tema fundamental a ser profundizado. (…) La democracia participativa y directa pretende trascender la institucionalidad del Estado; sin embargo, debe pasar por la transformación de éste, por un nuevo diseño de la democracia representativa, de las normas y reglamentos producidos y de las políticas públicas concretas”. (2)   José Antonio Moroni y Lizandra Serafim (2009)

  • 04/01/2022 • 08:00
Los vecinos de una ciudad deben conocer y ejercer sus derechos, pero también es importante que cumplan sus obligaciones ciudadanas.
Los vecinos de una ciudad deben conocer y ejercer sus derechos, pero también es importante que cumplan sus obligaciones ciudadanas.

Por Alejandro Rojo Vivot (1)

Llevar adelante nuestra vida, aunque sea por unas horas o días, (3) en una comunidad, significa directamente, entre otras cuestiones, poseer responsabilidades propias hacia uno mismo y el conjunto.

En este sentido: 1) habitante es toda persona que, en algún momento breve o prolongado, vive en una localidad; 2) vecino es todo individuo que, con determinado nivel de arraigo, desarrolla su existencia en una comunidad en particular.

Para ambos casos existen cuestiones comunes como, por ejemplo, el cuidado de ambiente (habitantes y vecinos) y otras específicas como el pago de las tasas municipales de barrido y alumbrado público (vecinos); podría haber también la obligación de abonar un importe determinado por visitar un parque municipal, para los integrantes de los dos grupos o solamente para las personas que están de paso en la localidad. (4)

La responsabilidad del sostenimiento al Estado es clave en todo sistema democrático; esta cuestión es muy importante que esté taxativamente establecida en las cartas orgánicas, indicando además las alternativas viables para quienes circunstancialmente tengan dificultades económicas temporarias para afrontar la totalidad de la carga establecida formalmente.

 

EN FOCO

En las muy diversas cartas orgánicas encontramos detallada esta cuestión con distintos niveles de desarrollo.

“Los vecinos y habitantes tienen los siguientes deberes: 1. cumplir con los preceptos de esta Carta Orgánica y las normas que en su consecuencia se dicten; 2. honrar y defender la ciudad; 3. conservar y proteger los intereses y el patrimonio histórico cultural de la ciudad, y respetar los símbolos patrios; 4. contribuir en lo que corresponda a los gastos que demande la organización y funcionamiento del Municipio; 5. preservar el ambiente, evitar su contaminación, participar en la defensa ecológica de la ciudad y reparar los daños causados; 6. cuidar la salud como bien propio y social; 7. prestar servicios civiles por razones de seguridad y solidaridad; 8. actuar solidariamente en la vida comunitaria, 9. contribuir a la defensa y el restablecimiento del orden institucional y de las autoridades municipales legítimas; 10. preservar los espacios y bienes del dominio público, reparar los que sean afectados y comprometerse a su custodia; 11. evitar toda forma de discriminación”. (5)

Con alguna frecuencia los deberes son menos difundidos y conocidos en general que los derechos; esto se observa claramente en muchos de los discursos proselitistas, en las plataformas electorales, en los proyectos de ordenanzas, en varias de las exposiciones de los periodistas en los medios de comunicación social, en algunos los dirigentes sindicales y, por caso, en las conversaciones cotidianas de la mayoría los habitantes. Desde luego que existen excepciones.

 

LA RESPONSABILIDAD

El origen del término responsabilidad proviene del latín: responsum.

Como bien lo puntualizó el destacado filósofo prusiano Immanuel Kant (1724-1804) es una cuestión de la ética individual estrechamente relacionada con la libertad de decidir y asumir las respectivas consecuencias.

Una nefasta muletilla: siempre lo hicimos así; “Las costumbres en sí son susceptibles a todo tipo de corrupción (...) porque la guía y norma suprema para estimar correctamente faltan”. Fundamentación de la metafísica de las costumbres (Grundlegung zur Metaphysik der Sitten) 1785.

Un buen ejemplo es el arrojar los residuos industriales o domésticos en un descampado, aunque nadie más observe el accionar y que el efectivo daño ecológico se manifieste tiempo después.

La consolidación de sociedades justas, democráticas y en constante desarrollo significa, también, el concurso activo de individuos ejerciendo responsablemente su convivencia honrando así a la ciudad: preservando “los espacios y bienes del dominio público” y, entre otras evitando “toda forma de discriminación”.

Asimismo, por caso, participando debidamente informados en forma activa en audiencias públicas y en las comisiones temáticas del Concejo Deliberante, aportando en la construcción mancomunada, en diversidad, en instancias locales donde cada día valga más la pena vivir orgullosos de pertenecer.

La participación activa e informada de los vecinos en audiencias públicas o en el Concejo deliberante, aporta para una construcción mancomunada.

SIN DUDA

El ejercicio del derecho a la vivienda digna lejos está lejos de suplir el respeto responsable a lo establecido en cuanto al desarrollo urbano o equivalente por los legisladores locales.

Otro tanto es válido, por ejemplo, al derecho de producir bienes y servicios.

La contaminación del ambiente genera, con frecuencia, daños irreparables.

Los espacios verdes, bosques comunales, reservas naturales, costas, etcétera, son bienes públicos que han de ser preservados responsablemente. Los daños ocasionados eventualmente por individuos en detrimento de todos, inclusive de los integrantes de futuras generaciones deben ser adecuadamente resarcidos públicamente.

Los enormes y gravísimos déficits habitacionales y de infraestructura han de ser prioridad acordada, sumando las altas tasas de inflación por notorios desequilibrios fiscales, el insuficiente incentivo a la producción generadora de riqueza y fuentes de trabajo, etcétera.

Los periódicos procesos electorales son magníficas oportunidades para los debates políticos, aunque con frecuencia las promesas son endebles y de muy difícil verificación en cuanto a su cabal cumplimiento.

También, por caso, es necesaria la contribución a los que carecen de vivienda digna para su organización de cooperativas, desarrollo de emprendimientos de autoconstrucción, etcétera.

Lejos están estas líneas de pretender soluciones voluntaristas o alejadas de los acuciantes y graves problemas inmediatos.

 

EN DEFINITIVA

“Nunca tendrás un impacto en la sociedad sino cambias primero tu persona”. Nelson Rolihlahla Mandela (1918-2013).

 

NOTAS Y REFERENCIAS

1) Asesor Externo de la Asociación Ambiente Sur.

2) Moroni José Antonio y Serafim Lizandra. Sociedad civil y nuevas institucionalidades democráticas en América Latina: dilemas y perspectivas. Instituto Polis e Inesc. Página 13. São Paulo, Brasil. 2009.

3) Este concepto incluye a los ocasionales visitantes.

4) Existen ejemplos de tasas locales para visitantes, precios superiores para extranjeros, descuentos para residentes en las entradas a museos locales, etcétera.

5) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 29°. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 22 de marzo de 2002.

 

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