Modificaciones

AFIP cambia plazos en pagos de servicios al exterior

Se introdujeron modificaciones en los plazos de autorización de pagos de servicios al exterior.

  • 27/04/2023 • 10:20

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio anunciaron cambios en los plazos de autorización de pagos de servicios al exterior.

 

A partir de este 27 de abril, las declaraciones juradas aprobadas en el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE), solo tendrán una vigencia de 90 días corridos desde la fecha en la que se haya adquirido ese estado. El objetivo – según informaron desde AFIP - es analizar el cumplimiento de los deberes fiscales y la capacidad económica financiera de quién pretende realizar un pago al exterior por los servicios que le prestaron.

Además, la información registrada será puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) a efectos de su intervención en el ámbito de sus respectivas competencias. Para esto, podrán solicitar a la AFIP la inclusión de la información complementaria que consideren necesaria. Los organismos involucrados deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos, a partir del registro en el SIRASE. Sin embargo, aclararon que los plazos podrán ampliarse en aquellos casos en los que algunas de las dependencias públicas intervinientes así lo ameriten.

 

El SIRASE es una herramienta diseñada para analizar el cumplimiento fiscal y la capacidad económica financiera de los contribuyentes que realicen un pago al exterior por servicios contratados, con el objetivo de obtener de manera anticipada información necesaria para generar previsibilidad y trazabilidad en las operaciones de importación.

 

 

 

 

 

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