Boletín Oficial El Gobierno oficializó el decreto que desregula las obras sociales La medida alcanza a los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros. La libre elección será por el pazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la solicitud. 21/02/2024 • 08:01 Detener audio Escuchar El Gobierno Nacional oficializó, este miércoles, el decreto que desregula las obras sociales para los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros, con su publicación en el Boletín Oficial. Mira TambienDía de la Antártida Argentina: ¿Por qué se conmemora el 22 de febrero? El Decreto 170/2024 lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del responsable de la cartera sanitaria, Mario Antonio Russo. La norma establece "el derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°". La libre elección podrá ejercerse por el plazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud, dice el decreto. Además, especifica: "El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una entidad de medicina prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto, podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma entidad de medicina prepaga". El decreto instruye a la Administración de Federal de Ingresos Públicos y a la Superintendencia de Servicios de Salud a adoptar las medidas complementarias y deroga los artículos 1, 2 y 3 del Decreto 9 del 7 de enero de 1993; el Decreto 638 del 11 de julio de 1997 y la Resolución Conjunta 170 del exministerio de Salud y Acción Social. Así como también el Decreto 334 del exministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, y el 241 del exministerio de Trabajo y Seguridad Social, del 18 de marzo de 1998. Mira TambienLa SRT y Chubut renovaron un convenio de cooperación mutua "El presente decreto comenzará a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial", concluye la norma. Temas Salud obras sociales Lás más leídas en Salud 1 Costantini: “Debemos controlar, verificar y completar los esquemas de vacunación” Santa Cruz 2 Un hallazgo de científicos argentinos podría ayudar a desarrollar una terapia para frenar el Alzheimer Santa Cruz 3 Nación definió la estrategia de vacunación para la prevención y control del Sarampión Santa Cruz 4 Chubut realizó el lanzamiento oficial de la Campaña de Vacunación Antigripal 2025 Santa Cruz 5 La Municipalidad de 28 de Noviembre impulsa la construcción del Hospital Modular Santa Cruz
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