Transporte público

Qué dice el escrito de la denuncia por supuestos pagos indebidos a Maxia

Ayer, el Municipio se presentó con documentación ante el Tribunal de Cuentas luego de detectar “pagos indebidos” por 7 millones de pesos a Maxia en 2019. Además, adelantaron que también irán a la Justicia. TiempoSur tuvo acceso a esa documentación.

  • 14/07/2020 • 08:27
El Municipio apuntó a Maxia pero también a funcionarios de la anterior gestión. (Archivo).
El Municipio apuntó a Maxia pero también a funcionarios de la anterior gestión. (Archivo).

En medio de la disputa legal entre la Comuna local y las autoridades de la empresa Maxia, ayer el secretario de Hacienda, Diego Robles, realizó una presentación de documentación ante el Tribunal de Cuentas, denunciando que detectaron “pagos indebidos” por 7 millones de pesos a esa empresa en 2019. Paralelamente a esto, informaron que la Secretaría de Gestión Legal y Técnica, a cargo de Jorge Cabezas, hará la correspondiente presentación judicial.

Según consta en la documentación que Robles acercó ayer al Tribunal de Cuentas, el posible perjuicio económico contra el erario municipal estaría relacionado a una diferencia entre los kilómetros pagados y los kilómetros recorridos efectivamente. Las autoridades municipales sostienen que “involucra al Intendente mandato cumplido Roberto Giubetich y algunos de sus secretarios”.

 

La cláusula- En el escrito –al que tuvo acceso TiempoSur- el Municipio presentó los expedientes 1080/19 y 3419/19, de la contratación que hizo la Comuna de la empresa Maxia, donde se le pide al Tribunal de Cuentas que evalúe y que proceda a meritar si “los comportamientos administrativos anómalos a juicio de esta Secretaría” justifican la adopción de medidas “tendientes a sanear el probable perjuicio ocasionado al erario municipal por las conductas de los funcionarios mencionados”.

La administración actual apunta a la cláusula décimo segunda de dicho contrato, donde se habla de la cuantificación de la estructura de costos, estableciéndose en el punto 5 que “…cuando los costos o ingresos del sistema, presenten una variación superior al 10%, a partir de ese momento se activará automáticamente el procedimiento de revisión de precios”. Para eso, la concesionaria deberá “acompañar todos los instrumentos, documentación e información que justifiquen la variación de costos o de los ingresos del servicio en más del porcentaje allí indicado…”.

Luego dice que en un apartado señalado como Cuadro 6 por costo de kilómetro, arroja un determinado costo por kilómetro. Allí, el Municipio sostiene que ese detalle adolece de cuestiones fundamentales y básicas, tales como, por ejemplo, “agrupar las partidas constituidas del costo operativo previo a considerar las amortizaciones y el costo del capital invertido, de manera de, luego de deducir éstos, arribar al costo total”.

 

Elimina el riesgo empresario- Más adelante, tras una serie de detalles sobre los números que la empresa y la administración anterior acordaron como compensación, el Municipio sostiene que amén de discrepar en el criterio, implementación y metodología adoptada contractualmente, “fácticamente se comprueba que el Municipio actuó como si se hubiera obligado a garantizarle a la empresa concesionaria un ingreso determinado, independientemente de los acontecimientos que pudieran sucederse y de la vinculación de las pretensiones esgrimidas por el concesionario con la estructura de costos real que el cumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente conllevan…”. 

Más aún, desde la Comuna local creen que este esquema de abonar una suma mensual que compense una supuesta estructura de costos “elimina completamente de la ecuación del negocio, el riesgo empresario, no encontrándose precedentes de actuaciones como éstas en los contratos de concesión de servicios de transporte público que el Municipio ha suscripto en actuaciones pasadas”.

Es decir, el Municipio cree que se reconocieron importes por una diferencia de costos por los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2019, con una serie de inconsistencias. Y que, de esa documentación, se desprendería que la cantidad de kilómetros reconocidos monetariamente no coincidirían con la que la propia empresa por declaración jurada manifestó en otro expediente de acuerdo a lo contabilizado por el sistema de GPS que tienen los colectivos.