DNU de Milei

La Corte Suprema rechazó un pedido de per saltum contra el DNU

Aseguró que no había un caso o controversia en el planteo del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, para que el Congreso acelerara el debate de la norma.

  • 24/04/2024 • 07:19

La Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad el pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23.

El máximo tribunal consideró en su decisión que no había "caso concreto", "causa" o "controversia" para acelerar el debate de la norma, tal y como había solicitado Gil Domínguez en su presentación.

El abogado constitucionalista había impulsado un proceso con el objetivo de que se le ordene a la Cámara de Diputados y a la de Senadores que, en el plazo de 30 días hábiles, den "expreso e inmediato tratamiento" al DNU para rechazarlo o aprobarlo en el marco de la Ley 26.122.

En tanto, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 ya había desestimado el planteo por ausencia de "controversia". Tras este fallo, Gil Domínguez interpuso recurso extraordinario por salto de instancia (per saltum) a la Corte Suprema.

En este marco, el máximo tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, recordó este martes que la admisibilidad del recurso extraordinario se encuentra subordinada a la existencia de un caso o controversia.

La Corte Suprema había rechazado anteriormente dos planteos contra el decreto de necesidad y urgencia DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei. Se trató de las acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados "Gente de Derecho".

La consecuencia directa e inmediata de esa resolución fue que el DNU mantuvo su vigencia, con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos o invalidados por otros tribunales. Por ejemplo, la reforma laboral o la derogación de la Ley de Tierras.

(NA)

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