Modificación de la Ley N° 3.595

Establecen severas inhabilitaciones a quienes cometan actos de violencia de género

En la última sesión de la Cámara de Diputados, se sancionó la iniciativa de modificar la Ley de Registro Unico de Personas Violentas, en la cual se dispuso inhabilitar a los registrados para asumir algún cargo en cualquiera de los poderes del Estado, entre otras medidas.

  • 29/11/2022 • 11:09

Durante la última sesión ordinaria previa al “Día Internacional de la Eliminación de la violencia contra las Mujeres” los legisladores sancionaron una iniciativa que modifica la Ley N° 3.595 de “Registro Único de Personas Violentas” estableciendo inhabilitaciones laborales, económicas y políticas para todas aquellas personas que sean incoporadas al mismo. Además, se crea el Fondo Provincial de Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género y Familia.

La serie de modificaciones en la Ley Provincial N° 3.595, sancionada el 18 de mayo del año 2018, establece la inscripción de las personas que hayan sido condenadas con sentencia judicial firme por causales de violencia de género, o por infracciones a las leyes de violencia familiar o contra las mujeres; quienes hayan incumplido las medidas cautelares ordenadas en un proceso judicial y a quienes hayan incumplido tratamientos terapéuticos.

 

Por otro lado, en el marco de la ley se inhabilita a los inscriptos a asumir en algún cargo o ingresar en la planta de personal de alguno de los Poderes del Estado Provincial. De la misma manera a ser transferido a otras administraciones de carácter público, entes descentralizados y empresas u organismos del Estado nacional o municipal, como así también la inhabilitación para participar como candidato en procesos de elección de cargos públicos de orden provincial o municipal, recibir acuerdo legislativo para ocupar cargos públicos que lo requieran, por la Constitución Provincial o las leyes que lo dispongan. En el mismo sentido no podrán recibir quitas, condonaciones o financiamiento especial de deudas por impuestos, tasas, contribuciones o cualquier otro compromiso con el erario público provincial, ni ser titulares de habilitaciones, concesiones, licencias, permisos o carnét de cualquier tipo, que sean extendidos por autoridades provinciales.

Asimismo, se crea el Fondo Provincial de Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género y Familia en el ámbito de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, cuyo financiamiento se sustentará con los fondos provenientes de las partidas que disponga el Estado Provincial.

 

El proyecto que tomó estado parlamentario el 15 de septiembre del año pasado y que fuera trabajado arduamente en las distintas comisiones, indica en los fundamentos por su autor Juan Manuel Miñones, diputado por el Pueblo de El Calafate, Tres Lagos y El Chaltén “la vasta estructura normativa mediante la cual nuestro país se compromete con la temática de género en sus distintos niveles, de promoción de derechos, de prevención, de protección integral y de erradicación de la violencia de género, requiere de la articulación de cada estamento estatal en todas sus órbitas y el compromiso concreto por parte de los funcionarios y funcionarias en sus respectivas competencias y labores, en pos de robustecerlas integralmente".