Condena a Cristina Eduardo Barcesat: “Es un atropello a la dignidad del discurso jurídico” Barcesat señaló que hay “dos nulidades por inconstitucionalidad y que son flagrantes”. 12/06/2025 • 11:44 Detener audio Escuchar En diálogo con El Mediador, programa que se emite por Tiempo FM 97.5, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat analizó la condena a la ex presidenta Cristina Kirchner en el marco de la causa “Vialidad” y aseguró que “es un fallo de proscripción política”. “Uno pensaría que ya en nuestro grado de organización y estado del derecho no existirían este tipo de persecuciones, pero lamentablemente la Corte Suprema ha dado un enorme paso atrás al dictar el pronunciamiento que dictó”, expresó. Barcesat señaló que hay “dos nulidades por inconstitucionalidad y que son flagrantes”. Mira TambienAbdul Domecq: “No vamos a acompañar una lista con SER” “La primera es que esta causa se inicia años atrás en Capital Federal. Se sorteó el juzgado del doctor Ercolini y se declaró incompetente porque la obra pública a ser examinada estaba en territorio de la provincia de Santa Cruz. Se envía a Santa Cruz, la justicia federal lo acepta, recorre el espigón jurisdiccional, colectando sobreseímientos por inexistencia de delito y cuando ya esto tenía cosa juzgada, hay una presentación subrepticia a la Cámara de Casación Federal de Vialidad Nacional, diciendo que hay un dictamen o informe pericial que muestra que ha habido pagos de sobreprecios y que entonces corresponde revisar. Y pasando por alto el principio constitucional de que no hay doble persecución penal y desoyendo la cosa juzgada, se reabre la causa y se le manda al juez que se había declarado incompetente por razón de territorio”, explicó. Y la segunda nulidad, es que “los certificados de obra, una vez visados por Vialidad Nacional, se giran a la Jefatura de Gabinete de Ministros, que es quien tiene la competencia constitucional para disponer los pagos. De modo que la única persona que no puso ninguna firma en esos certificados es el presidente de la Nación, Cristina Fernández. Ahora los cuatro jefes de Gabinete de ministros que hubo en ese periodo declararon como testigos, reconocieron sus firmas de los comprobantes de pago y ninguno de ellos fue imputado. Y la persona que no puso ninguna firma en la orden de pago de los supuestos sobreprecios es la persona que resulta condenada, proscripta y embargada”. Barcesat sostuvo que a “estas dos fallas groseras, inocultables y visibles”, la Corte las “pasa por alto”, lo que constituye “un atropello a la dignidad del discurso jurídico y de las prácticas jurisdiccionales”. En ese sentido, indicó que “seguramente las defensas de los condenados van a interponer reclamos” ante la Corte Internacional de Justicia. En cuanto a los alcances de esta medida, el organismo podría llegar a decir que “el fallo es lesivo” y suspenderlo. Sin embargo, Barcesat remarcó que en estos casos “los tiempos son enormes”. “Colectar las declaraciones de inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida llevó siete y nueve años respectivamente”, ejemplificó. Por otra parte, Barcesat indicó que teniendo en cuenta que la condena “lesiona derechos políticos de los electores”, en relación a las personas empadronadas en el distrito electoral número tres de la provincia de Buenos Aires, se podría promover un amparo “para preservar sus derechos políticos reconocidos en la Constitución y que han sido vulnerados por un fallo que exhibe ilegalidad y arbitrariedad manifiestas”. Tiempo FM 97.5 · Eduardo Barcesat en El Mediador por Tiempo FM “Esto ya ha sido transmitido a autoridades del Colegio Público de La Matanza que previsiblemente encabezará la reclamación ante el Juzgado Electoral Provincial y veremos si allí se consigue, tratándose de acción de amparo, una medida urgente para disponer la suspensión de ejecutoria”, agregó. Por último, sobre la posibilidad de que la ex presidenta Cristina Kirchner cumpla la condena bajo prisión domiciliaria, Barcesat “dio por descontado que esos miserables van a pedir que sea de cumplimiento efectivo”. “Aguardo que el juez de ejecución de sentencia tenga mejor criterio ya que no hay ninguna razón para volver a discriminar e infligir un nuevo castigo a la ex presidenta que tiene la edad requerida y un estado de salud que puede reforzar el pedido de prisión domiciliaria, de manera que sería un nuevo atropello, un nuevo acto criminal jurisdiccional si se le negara algo previsto por ley”, finalizó. Temas Cristina Justicia Política Derechos Fallo Inconstitucionalidad Barcesat Lás más leídas en Política 1 Torres instruyó revocar la matrícula del médico que emitía licencias sin controles Santa Cruz 2 Presentaron un proyecto para crear un Código Electoral Provincial Santa Cruz 3 Buscan crear observatorio de salud mental y consumo problemático Santa Cruz 4 Proponen crear un fondo para asistir financieramente a municipios Santa Cruz 5 Siderúrgicas siguen cuestionando el comercio desleal de China Santa Cruz