Congreso

Ana María Ianni: “Ficha limpia no es lo mismo que votos sucios”

La Ley de Ficha Limpia no logró la mayoría necesaria en el Senado. Desde el oficialismo defendieron la Constitución y criticaron la narrativa punitivista. Ana María Ianni fue una de las voces que salió a responder tras la votación.

  • 10/05/2025 • 10:51

El Senado de la Nación rechazó esta semana el proyecto de Ley de Ficha Limpia, una propuesta que buscaba inhabilitar a personas con condena judicial en segunda instancia por delitos dolosos para postularse a cargos públicos. La iniciativa, impulsada principalmente por sectores del PRO, obtuvo 36 votos afirmativos y no alcanzó la mayoría absoluta requerida de 37 votos, quedando así archivada por falta de consenso parlamentario.

El rechazo se definió por una alianza entre el bloque de Unión por la Patria y otros senadores que se expresaron en contra, como los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut. Según los detractores de la ley, la normativa contradice principios constitucionales fundamentales, como el de inocencia hasta la sentencia firme, y representa un avance peligroso sobre los derechos políticos básicos.

En este marco, la senadora Ana María Ianni, representante de la provincia de Santa Cruz por el oficialismo, publicó un mensaje en redes sociales para expresar su postura frente a lo sucedido. En tono crítico, la legisladora apuntó contra lo que consideró una maniobra para imponer discursos de odio y estigmatización en el sistema democrático.

“No hay mejor verdad que la realidad”, comenzó diciendo la senadora, haciendo referencia a los resultados de la votación y al revés sufrido por la iniciativa.

A continuación, profundizó: “Cuando se quiere forzar la voluntad del pueblo en contra de sus intereses y de la vida democrática, el resultado es adverso a los que con odio incumplen el mandato constitucional por el cual juraron desempeñarse en su función… Ficha limpia no es lo mismo que votos sucios”, concluyó Ianni, marcando una clara distancia del planteo promovido por la oposición.

La iniciativa que no logró ser sancionada en el Senado preveía una modificación al artículo 33 de la Ley de Partidos Políticos, de modo de prohibir la candidatura a cargos públicos de toda persona que tenga doble condena por delitos de corrupción.

El texto indicaba que la prohibición de candidatura se aplicaría “únicamente en aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al comienzo del plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”, que se refiere a la fecha del cierre de los padrones electorales, seis meses antes de los comicios generales.

Asimismo, agregaba que “si la confirmación de la condena en la instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”.

Además, el proyecto proponía la creación de un registro por parte de la Cámara Nacional Electoral y establecía también que los inhabilitados tampoco podían ser designados funcionarios públicos o autoridades de organismos del Estado.