La Ley de Etiquetado ya se debate en Cámara de Diputados
Por primera vez tras la pandemia, la Cámara de Diputados funcionará con presencialidad plena y con medidas sanitarias estrictas. El cuerpo tratará otros 21 expedientes entre los que se destaca el de Derechos Humanos de las personas en situación de calle.
La Cámara de Diputados comenzó a sesionar pasadas las 12.30 para buscar convertir en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos que advierte sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los alimentos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos, entre otras cuestiones.
Se trata de la primera sesión presencial plena del cuerpo que se realiza desde que, en marzo del 2020, se dictó la emergencia sanitaria a raíz de la pandemia del coronavirus y se establecieron restricciones que obligaron a sesionar a través de un sistema mixto, con la mayoría de los legisladores conectada en forma virtual.
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El plenario demandará al menos 24 horas de debate, debido a la importancia y magnitud de los temas incluidos para el debate en el recinto.
La sesión arrancó con la entonación del Himno Nacional Argentino, adaptado e interpretado por Charly García, en homenaje a los 70 años del músico, a pedido de la diputada del Frente de Todos Claudia Bernazza.
Los principales puntos del proyecto del etiquetado frontal de alimentos:
• El proyecto advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
• Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
• Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
• Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", "Exceso en grasas totales", y/o "Exceso en calorías".
• En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as".
• En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: "Contiene cafeína. Evitar en niños/as".
• El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
• El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
• No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
• Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
• Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
• Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.