Penas dispares

Tres condenados por tenencia de estupefacientes para comercializar y transporte de la sustancia

Ayer el Tribunal Oral Federal condenó a dos hombres y una mujer, uno de ellos recibió 5 años de prisión, por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con el delito de transporte de estupefacientes, la mujer recibió tres años por los mismos delitos y el restante 4 años por ser partícipe necesario del delito de transporte de estupefacientes.

  • 11/11/2022 • 21:20

El Tribunal Oral Federal se reunió en la jornada de ayer, para dictar sentencia en la causa que tiene como imputados a Rubén Orlando Chaile, actualmente detenido; a José Luis Molina, detenido en la Comisaría Segunda de Las Heras y Mónica Elizabeth Orellana, todos asistidos por el defensor particular Marcelo Fernández; en tanto que la vindicta pública fue representada por Patricia Kloster.

De acuerdo a lo que se pudo conocer, se les imputa a los acusados pertenecer a una organización delictiva acusada de desplegar una red de narcotráfico de cocaína, con base en Caleta Olivia, que distribuía a distintas localidades santacruceñas.

La investigación se inició en febrero del año 2021 por orden del Juzgado Federal de Caleta Olivia a cargo de la Dra. Marta Yañez, cuando los federales toman intervención en un hecho de "Muerte por causas dudosas" de un hombre de 40 años, ya que en la casa se secuestraron en su domicilio siete teléfonos celulares.

 

Como resultado del análisis de dichos aparatos, los federales pudieron constatar que eran utilizados por una estructura criminal dedicada al comercio de estupefacientes que operaba en el sur del país. Ante esta situación, iniciaron las investigaciones del caso con el fin de determinar la identidad de estos individuos y la modalidad de traslado, lugar de acopio y comercialización de las drogas.

Las amplias y discretas tareas de campo realizadas por los uniformados permitieron establecer que los principales responsables de la organización eran dos comerciantes de la ciudad de Caleta Olivia, quienes a su vez administraban cabañas de alquiler en una zona turística de la provincia de Córdoba.

Asimismo, se comprobó la participación de un hombre residente en la provincia de San Luis, quien, cada dos meses aproximadamente, oficiaba de transportista del material ilícito desde la provincia de Córdoba hacia la zona patagónica, utilizando para ello su vehículo particular.

De acuerdo a las investigaciones se conoció que la cocaína se entregaba a modo de concesión, para luego de su venta y distribución, hacer entrega de grandes sumas de dinero a uno de los principales comerciantes investigados.

Allanamiento

Sabiendo que se encontraba próxima una nueva entrega, los efectivos realizaron el seguimiento del rodado hasta la estación de servicio denominada “La 251” de la localidad de San Antonio Oeste, provincia de Río Negro, donde se logró la detención de tres hombres argentinos mayores de edad y secuestraron 7 ladrillos de cocaína, de aproximadamente un kilogramo cada uno.

A raíz de ello, el Juzgado interviniente ordenó los allanamientos a tres viviendas en la Ciudad de Caleta Olivia, dos ubicadas en el Barrio 26 de Junio y la restante en intersección de las calles Maipú y Hermana A. Damevin y una cuarta en el Barrio Portal del Lago, Localidad Potrero de Garay, provincia de Córdoba donde se logró el secuestro de $982.320, 700 gramos de cocaína lista para su comercialización, 200 dólares y 2000 paquetes de cigarrillos sin respaldo fiscal.

 

Los tres hombres detenidos junto a los elementos secuestrados quedaron a disposición del juzgado interventor en la causa por infracción a la ley de drogas.

Las partes presentaron un acuerdo de juicio abreviado, por lo que se realizó la audiencia visu, en la cual los tres imputados ratificaron el pedido y se les explicó acabadamente por Presidencia la modalidad del juicio abreviado y las consecuencias del reconocimiento de los hechos atribuidos.

Por los motivos expuestos, y las normas legales citadas, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz –integrado de forma unipersonal-, falló:

1- Condenar a Rubén Orlando Chaile, como autor del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con el delito de transporte de estupefacientes” a la pena de 5 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento.

 

2- Condenar a Mónica Elizabeth Orellana, como partícipe secundaria del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con el delito de transporte de estupefacientes a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento en suspenso. Imponiéndole las siguientes reglas de conducta fijar residencia y realizar presentaciones mensuales en la Delegación Caleta Olivia de Prefectura Naval Argentina; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, todo ello por el término de la condena aquí impuesta.

3- Condenar a José Luis Molina como partícipe necesario del delito de transporte de estupefacientes a la pena de 4 años de prisión de efectivo cumplimiento.