Homicidio de Juan Manuel Padrón

Riesgo de fuga

Marcela y Macarena, familiares de Juan Manuel, dialogaron con TiempoSur para dar a conocer cómo sigue la causa y pedirle a la jueza Suárez que no deje libre a Sofía Ávila. El Juez de Recurso falló que se procese a la mujer por el delito de “homicidio calificado”.

  • 19/05/2021 • 11:45
Marcela, hermana (izquierda) y Macarena ex pareja de Juanma (derecha). (Foto: C.G.)
Marcela, hermana (izquierda) y Macarena ex pareja de Juanma (derecha). (Foto: C.G.)

Durante la madrugada del 6 de marzo en una vivienda ubicada en inmediaciones de calle Henry W. Jamieson al 600 fue solicitado el personal de la Comisaría Tercera debido a que un hombre se encontraba sin signos vitales.

A su llegada los uniformados se encontraron con una mujer alterada, y en el interior de la casa a un sujeto sobre un gran charco de sangre. Se solicitó una ambulancia; el médico revisó al hombre y constató su deceso. La víctima fue identificada como Juan Manuel Francisco Padrón, reconocido vecino y militante del radicalismo.

En cuanto a la mujer, identificada como Sofía Ávila, esta sería la pareja del fallecido, quien fue detenida y trasladada hasta la dependencia policial.

Fue hasta el pasado 29 de marzo que la jueza Rosana Suárez dictó la falta de mérito y decidió liberarla.

Ese mismo día, la familia de Juan Manuel despedía sus restos en el Cementerio de Río Gallegos, por lo que el 31 del mismo mes, familiares, amigos y conocidos de la víctima marcharon al Juzgado de Instrucción N°3 pidiendo justicia y que su crimen no quede impune.

Durante esa misma jornada la familia había adelantado que apelaría la decisión de la Jueza y así lo realizó.

El pasado 12 de mayo TiempoSur dio a conocer la decisión del Juzgado de Recurso de Santa Cruz en el cual el juez Nelson Sánchez le pide a la jueza de Instrucción, Rosana Suárez, que procese a Sofía Ávila, por el delito de “homicidio calificado” y que ella evalúe si lo hace con prisión preventiva o no.

A una semana de la mencionada resolución, Marcela, hermana de “Juanma” y Macarena, madre del hijo que tuvo durante una relación con la víctima, dialogaron con TiempoSur para pedirle a la jueza Rosana Suárez que le dicte prisión preventiva a Sofía Ávila.

“No queremos que esto siente jurisprudencia en Santa Cruz, que cualquiera vaya a decir que me quiso pegar y lo mato”, indicaron, a la vez que añadieron: “Ella tenía una marquita en los brazos y una en la cabeza, pero nada más”.

Marcela explicó: “No hubo violencia de él (aludiendo a Juan Manuel) hacia ella”, y aclaró que Sofía no declaró durante indagatoria, hecho que quedó registrado en el fallo del Juez de Recurso al fundamentar su decisión.

Marcela, con el fallo del Juez de Recurso en la mano, comentó: “Ella (la Jueza) parcializó la causa, no valorizó la prueba. Que explique cómo puede quedar libre una persona que es violenta, que puede atentar contra ella y terceros”. Además dijo que en el fallo se nombra el caso de Nahir Galarza. A su vez agregó: “Por más que ella juzgue con perspectiva de género, no la exime de juzgar los hechos”.

Más adelante en su relato, las mujeres mencionaron que hubo una denuncia contra Padrón, que en una discusión Sofía “le cortó el brazo y luego lo llevó a la casa de la madre, que estaba con un matrimonio amigo. Salen a ver lo que pasaba y Juanma no quería ir a hacer la denuncia a pesar de que mi mamá le insistía”, comentó Marcela y agregó: “Ella dijo que le quiso pegar (por Padrón) y no tenía nada”. Siguiendo este relato Macarena cuenta que tiene el audio donde la apuntada manifiesta que se autolesiona.

Marcela prosiguió su relato explicando que la joven más tarde llamó a su mamá con el teléfono de Padrón pidiendo el suyo, por lo que su hermano le dijo que le devuelva el teléfono y se lleve el de ella. “Vuelve a mi casa (Sofía) y cuando lo hace le abre la puerta mi mamá con el golpe en la cabeza. Ella tomó su celular, pero no le quiso entregar el de Juan Manuel, por lo que se fue con los dos”.

 

Falta de mérito

Por otra parte, Macarena quiso dejar en claro algunos de los fundamentos del fallo del Juez de Recurso, el que expone: “Los cuatro párrafos que se omitieron copiar y por consiguiente meritar, en los considerandos del resolutorio; tratan acerca de las características de la personalidad de la imputada; y para mayor recaudo dicen ´Aunque deseen agradar, estas personalidades tienen conflictos crónicos y repetidos con los otros. A menudo se muestran como niños resultando exigentes, centrados en sí mismos e incontrolados. Se considera que las dos palabras clave que definen este trastorno son la inestabilidad y la impulsividad, que luego desencadenan en los demás comportamientos. Millon indica que estas personas son muy inestables en general, pero sobre todo en lo relacionado con las relaciones de carácter interpersonal y en su autoimagen. No tienen un concepto integrado de sí mismos que sea duradero, y además tienen poca tolerancia a la frustración a causa de la debilidad yoica y mecanismos de defensa primitivos. Lo descripto en el último párrafo conlleva a un profundo sentimiento de vacío, que no necesariamente tiene que ver con la angustia existencial de una personalidad sana, sino con la sensación de que falta algo, dificultando el control de impulsos ya que reacciona de forma explosiva, aumentando el riesgo de las conductas autolesivas y/o agresivas´. Nótese la importancia del último párrafo, cuando dice que esa falta de control de impulso aumenta el riesgo de que se autolesione o que se presente agresiva. Entiendo que estos párrafos debieron ser valorados -fundamentalmente- cuando lo que se debe determinar es si Ávila, tiene el doble carácter de imputada-víctima atribuido por la Jueza. Se insiste en que estos párrafos descartan esa posibilidad.

Respecto del cuestionamiento a la declaración de la agente Marilin Castillo, enunciada por la Jueza en el resultando de la resolución, y que luego fuera tenida en consideración al valorar el contexto, le asiste razón a la querella, pues declaró no recordar el antecedente de septiembre de 2020, siendo muy escueta su intervención, por lo tanto, no puede la Sra. Jueza tomarlo como un elemento de alto poder de convicción, dado que existieron otros testigos, no tenidos en cuenta, que ilustraron mucho más que el relato de Castillo.

Por último, las mujeres agradecieron al Juez por la resolución “porque alguien lo tomó objetivamente gracias a Dios a este caso”, y agregaron: “Después de la resolución de la Jueza quedamos destrozados y realmente que alguien agarre el caso y lo vea con objetividad y justicia, para nosotros la alegría y las emociones encontradas fueron tremendas”. “Agradecerle al juez por haber visto cómo se debía y no dejar un precedente como este en Santa Cruz, como lo tomó la jueza en la primera resolución hubiese sido catastrófico”, comentaron y explicaron que la hipótesis que dio la Defensa no se podía probar.