Jefatura de Policía

Exoneran a un policía por lesiones graves

El decreto se dio a conocer en el Boletín Oficial, donde se establece la destitución de un Cabo de Policía quien en el año 2013 protagonizó una pelea y le provocó heridas de carácter grave a un civil. El policía fue condenado a la pena de dos años de prisión de cumplimiento en suspenso.    

  • 29/06/2022 • 07:00
Jefatura de Policía.
Jefatura de Policía.

Ayer se dio a conocer el Decreto N° 0258 con fecha 7 de marzo de 2022, en el cual se exonera al Cabo de Policía Arturo Ricardo Ayala. Cabe recordar que el sumario inició por un suceso ocurrido el 6 de agosto del año 2013, en que se vio involucrado el cabo de policía en un lugar público de la ciudad de El Calafate y que terminara con una riña, provocando lesiones graves a un ciudadano para posteriormente trasladarlo en un patrullero a la Comisaría Seccional Segunda y continuar propinándole golpes.

Por lo sucedido tomó intervención el Juzgado de Instrucción y Penal Juvenil N°1 de la localidad de El Calafate dándose inicio a la causa penal correspondiente.

 

Durante el transcurso de las investigaciones, el Juzgado de Instrucción actuante informó que en el marco de la causa “Ayala Arturo Ricardo S/Lesiones Graves” Expte. N°8952/13, se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del sumariado.

En el año 2017, el Cabo de Policía regresó a la actividad, reintegrándose a sus funciones, siendo condenado el 16 de marzo del 2020 a la pena de dos años de prisión de cumplimiento en suspenso y cuatro años de inhabilitación especial para cumplir su función de policía y conforme surge de un oficio librado por la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial, la sentencia condenatoria dictada se encuentra firme.

Seguidamente se elaboró el informe final en el cual el Instructor Sumarial concluye: “… que salvo el más elevado criterio de la Superioridad se deberá proceder conforme lo previsto en el Artículo 36 del R.R.D.P. a la exoneración del Cabo de Policía Arturo Ricardo Ayala, en razón de que el encartado posee una condena judicial firme por ser considerado autor del delito de Privación de la Libertad por Abuso Funcional calificada por el resultado de Grave Daño a la Salud…”.

El Artículo 188 del R.R.D.P. establece que “La condena impuesta por sentencia firme de los Tribunales de Justicia a pena privativa de libertad no condicional, o pena de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas determina la separación del condenado con la pérdida del estado policial”. En consecuencia, corresponde encuadrar la conducta adoptada por el Cabo de Policía Arturo Ricardo Ayala como una falta grave.

Por todo lo expuesto la Gobernadora de la provincia decretó declarar la exoneración del Cabo de Policía Arturo Ricardo Ayala.