Jefatura de Policía

Entregan $1.000.000 para la compra de elementos esenciales

Desde el Gobierno de la provincia se decretó hacer entrega del dinero al Jefe de Policía, con el fin de adquisición de diversos elementos esenciales que hacen al normal funcionamiento de la institución, esto se debe a que el F.O.P.S, resulta insuficiente.

  • 21/09/2020 • 08:43
Jefatura de Policía.
Jefatura de Policía.

En el Boletín Oficial del pasado 15 de este mes se publicó el Decreto Nº0607, en el cual se da a conocer por el

Expediente JP-Nº 799.121/20 y Ley Nº 3680, elevado por el Ministerio de Seguridad, se gestiona facultar al Jefe de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a realizar asignaciones de Fondos Mensuales hasta la suma de $ 1.000.000, a partir del 1º de mayo del 2020, para la adquisición de diversos elementos esenciales que hacen al normal funcionamiento de la institución y que por su naturaleza no pueden tramitarse de manera habitual.

No obstante, la creación del Fondo Operativo Policial de Seguridad (F.O.P.S), el mismo resulta insuficiente para sustentar las necesidades y requerimientos de elementos esenciales de todas las dependencias policiales con asiento en esta localidad e interior provincial dependientes de la Jefatura de Policía, por lo que resulta oportuna la presente medida.

Cabe consignar que mediante Decretos Provinciales N°320/14, 1055/16 y 0767/17, se facultó oportunamente al Jefe de Policía a realizar sucesivas asignaciones que incrementaron el monto originalmente establecido, conforme el índice inflacionario y la variación de precios existentes en el mercado en relación a los insumos que se pretendían adquirir.

El importe de esta asignación de fondos no podrá superar el límite que establece la Ley de Contabilidad Nº760, modificatorias y Decreto reglamentario Nº263/82, así como las pautas establecidas en el Decreto Nº0946/18.

Es de señalar que tomó intervención la Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Seguridad, autorizando la prosecución del trámite, la autoridad facultada a efectuar la asignación mensual de fondos, deberá presentar a la Contaduría General de la Provincia conjuntamente con la solicitud de la asignación subsiguiente el instrumento legal que apruebe la aplicación de los fondos, su afectación presupuestaria y la acreditación de la devolución de los fondos sobrantes de la primera afectación realizada y así sucesivamente, asimismo deberá remitir al Tribunal de Cuentas de la Provincia la rendición documentada de su inversión.

 

Decreto

En virtud de todo lo expuesto, corresponde dejar sin efecto los Decretos N°320/14, 1055/16 y 0767/17. Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 382/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación,

La Gobernadora de la provincia 

Decreta:

Artículo 1º- Facúltase, al Jefe de Policía de la Provincia de Santa Cruz, a realizar asignaciones de Fondos Mensuales hasta la suma de $1.000.000, a partir del 1 de mayo del 2020, para la adquisición de diversos elementos esenciales que hacen al normal funcionamiento de la institución y que por su naturaleza no pueden tramitarse de manera habitual, en un todo

de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.

Artículo 2°- Déjase establecido que la inversión de los fondos será de carácter restrictivo y que por su naturaleza no pueden tramitarse de forma habitual en atención de gastos diversos que hacen al normal funcionamiento de las dependencias policiales, en cuanto a las partidas principales que se detallan a continuación:

a) Bienes de Consumo.

b) Servicios No Personales.

c) Bienes de Uso, fundamentado en su extrema necesidad cuya adquisición, sea de vital importancia para el funcionamiento de la dependencia policial.

Artículo 3º- Aféctese, preventivamente el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Jurisdicción: Ministerio de Seguridad – SAF: 420 – Jefatura de Policía – Fuente de Financiamiento: 11 Tesoro

Provincial - Categorías Programáticas: 1.0.0.0 – IPP: 2.00

– Bienes de Consumo – IPP: 3.00 Servicios No Personales

- Categoría Programática: 1.0.1.0 - IPP: 4.3 – Maquinaria y Equipo, del Ejercicio Presupuestario 2020.-

Artículo 4º- Déjase sin efecto los Decretos N°320/14, 1055/16 y 0767/17.-

Artículo 5º- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.

Artículo 6º- Pase al Ministerio de Seguridad a susefectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas.