Usufructo de carpetas médicas

Dos policías quedaron cesantes

Las disposiciones se dieron a conocer en el Boletín Oficial con fecha de ayer. Uno de los policías, un Cabo Primera y un Cabo fueron cesanteados por no justificar carpetas médicas y además no presentarse a trabajar, por lo que lo consideraron abandono de servicio.

  • 21/10/2021 • 06:30
Tras las investigaciones, el Jefe de Policía pidió la cesantía de los policías. 
Tras las investigaciones, el Jefe de Policía pidió la cesantía de los policías. 

Ayer se conoció a través del Boletín Oficial que dos suboficiales quedaban cesantes de la policía de la provincia.

Uno de ellos es el Cabo Primero de Policía Raúl Gastón Carrizo Lugo, quien no compareció al servicio, prestando situación irregular desde el día 19/12/2018, ya que el mismo hizo usufructo de la totalidad de las licencias médicas por atención familiar y las correspondientes a las licencias anuales reglamentarias y, asimismo, según lo informado por la División de Bienestar Policial Zona Norte, no obran registros que el Cabo Primero haya usufructuado licencia médica de índole personal.

En el informe firmado por el Comisario de Policía Damián Martín Vargas, da cuenta que, el legajo médico y archivos del encartado, éste no presentó ningún tipo de certificación médica que justifique la ausencia en su lugar de trabajo desde el

día 19/12/2018 a la fecha, por lo que se ordenó la suspensión preventiva de haberes correspondientes.

De lo actuado y las pruebas acumuladas por la Instrucción Sumarial, se concluye: “… salvo más elevado criterio de la superioridad, las presentes actuaciones se encuadren faltas graves, solicitando se le otorgue al Cabo Primero de Policía Raúl Gastón Carrizo Lugo, la cesantía de la Institución Policial. El Cabo primero

fue notificado mediante Cédula de Notificación con destino a la provincia de La Rioja, a los fines que comparezca a prestar declaración de descargo, vencidos los términos, no compareció ni ejerció su defensa, ni ofreció pruebas que hagan a su derecho, estando debidamente notificado.

Asimismo, por la citada misiva, se intimó al encartado, a reintegrarse a sus funciones en un plazo perentorio de

cinco días bajo apercibimiento de tenerlo inmerso en abandono de servicio, siendo notificado de la misma con fecha 05/06/2019, sin que se haya reintegrado a sus funciones hasta la fecha.

Ante las intimaciones para que regularice su situación laboral y se reintegre al servicio, manteniendo absoluto silencio, el Cabo Primero de Policía Raúl Gastón Carrizo Lugo, ha incurrido en abandono de servicio.

Por este motivo, la Gobernadora de la Provincia decretó declarar cesante, a partir del día 1° de enero del año 2019, al Cabo Primero de Policía Raúl Gastón Carrizo Lugo

 

Decreto N°0729

En este caso se trata del Cabo de Policía Daniel Alfredo Capdevila, quien en fecha 23 de Julio del año 2018, producido por la División de Bienestar Policial Zona Norte, mediante la cual pone en conocimiento que el Cabo de Policía Daniel Alfredo Capdevila, no asistió a la junta médica programada para el día 28 de Abril del año 2018 y asimismo, informa que los certificados médicos enviados vía fax desde la provincia de La Rioja, no fueron reconocidos por no ajustarse a la reglamentación policial vigente, ya que los mismos no poseen sello de Institución o Ministerio Público, acumulando un total de 139 días de licencia médica psiquiátrica usufructuada.

El Acta de Junta Médica llevada a cabo el día 28 de mayo del año 2019, se le informa que debe reincorporarse al servicio normal de guardia, solicitándose el cambio de destino e inmediata reincorporación laboral, hacer caso omiso de esto en dos oportunidades, el instructor en su informe final, concluye que: “…es opinión del suscripto, que la licencia médica que se encuentra usufrutuando el Cabo de Policía, no se encuentra justificado, conforme lo que fuera determinado por la Junta Médica, llevada a cabo por profesionales de la División de Bienestar Policial Zona Norte, ya que los certificados médicos enviados por dicho efectivo no poseen sello de

Institución o Ministerio Público; encuadrándose su conducta en abandono de servicio, queda debidamente establecido que existe responsabilidad administrativa imputable sobre el Cabo de Policía, por lo que solicito se aplique salvo otro criterio más elevado, como medida ejemplar la “Cesantía” como sanción disciplinaria. Asimismo, se le descuenten los 230 de carpeta no justificados hasta la fecha…”.

Por todo esto, la Gobernadora de la provincia, decretó la cesantía a partir del día 1° de Septiembre del año 2019, al Cabo de Policía Daniel Alfredo Capdevila, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente.