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Se puede consumir alcohol en la vía pública

El Código Provincial de Faltas aprobado por diputados en el mes de abril establecía sanciones, pero el Ejecutivo  vetó este artículo, que fue solicitado por el Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia.  

  • 13/09/2010 • 00:00
COMUNA evaluará el veto del Ejecutivo provincial. (Foto: Horacio Córdoba).
COMUNA evaluará el veto del Ejecutivo provincial. (Foto: Horacio Córdoba).

El 8 de abril la legislatura provincial aprobó la Ley 3125 referente al Código Provincial de Faltas, que en su artículo 61 sanciona el consumo de alcohol en la vía pública.
Fue publicado el 4 de mayo en el Boletín Oficial, fecha desde la que entró en vigencia. Sin embargo, ese día el Ejecutivo provincial lo vetó a través del Decreto 955. 

Sanciones
Concretamente penaba dos a diez días de tareas de utilidad pública o cuatro a 20 días de arresto domiciliario a quien “consumiere bebidas alcohólicas en la vía pública o a la vista del público en lugar o espacio público; en el interior de establecimientos públicos; en el interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva, actividades deportivas, educativas, culturales o artísticas, excepto en los lugares y horarios  expresamente habilitados por la autoridad competente”, precisa el artículo.
En sus argumentos, el Ejecutivo advierte
que el artículo “colisiona con los principios de división de poderes y autonomía de la actividad jurisdiccional, por lo que corresponde su veto”.

Lo pidió
Fue COMUNA -Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia- quien no sólo promovió mediante reuniones con diversos diputados la aprobación del código mencionado, sino también la inclusión de prohibir el consumo de alcohol en la vía pública.
La medida del órgano consultor del Concejo Deliberante buscaba contrarrestar los altos índices de consumo en nuestra ciudad. 
Según averiguó TiempoSur, COMUNA evaluará con sus asesores letrados los motivos de este veto para luego tratarla en la  sesión ordinaria que realizará este miércoles.