Tragedia de Jaramillo

Temen que a petrolero puedan otorgarle una “probation”

Conducía una camioneta, se durmió, cruzó de carril y embistió e hizo volcar a un minibús de una delegación de jóvenes deportistas de Puerto Deseado. Sucedió en abril de 2013 y en el accidente murió el padre de unos de los chicos y uno de los jóvenes quedó en silla de ruedas. La defensa pidió la suspensión del juicio a prueba y no habría condena.

  • 15/09/2018 • 09:02
El trágico siniestro vial se registró en la Ruta Nacional 281 cerca de Jaramillo.
El trágico siniestro vial se registró en la Ruta Nacional 281 cerca de Jaramillo.

Luego de más de cinco años del trágico siniestro vial cerca de Jaramillo, los familiares de la víctima fatal, Ricardo “Ricki” Silvi, consiguieron llegar al juicio oral por “homicidio culposo” al petrolero Carlos Alberto Sandoval, pero ahora se presume que su defensa solicitará una “probation” o suspensión del proceso a prueba (Art.76 bis del Código Penal) en el juicio que está previsto que se inicie el próximo 18 de septiembre.

El abogado Heraldo Nanni, que representa a la familia de Silvi, afirmó que “sobre las suspensiones del proceso a prueba, la Justicia de Santa Cruz ha sido una constante de otorgar ese beneficio a toda persona procesada por delitos culposos. Inclusive, hay casos que conozco como, por ejemplo, doble homicidio culposo con un hombre alcoholizado que se le otorgó el beneficio e inhabilitándolo para circular por carreteras y calles, pero habilitándolo a trabajar como maquinista dentro de un yacimiento. El caso fue famoso aquí en Caleta Olivia pues uno de los fallecidos trabajaba como empleado de la Cámara Criminal”, comentó Nanni.

“También hay casos de homicidios culposos por mala praxis médicas y lesiones gravísimas por idéntico motivo, como por ejemplo el de una joven a la que le amputaron una pierna por mala práxis del médico cirujano y al médico lo inhabilitaron para trabajar como cirujano pero no para ejercer en la medicina por imágenes”, agregó Nanni.

Se indicó que la Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial de Santa Cruz, con sede en Caleta Olivia, tiene fallos más sorprendentes aún: por ejemplo ha otorgado la “probation” en delitos dolosos como robos calificados que tienen penas de 3 a 10 años de prisión, e inclusive en homicidios con exceso en la legítima defensa. 

 

Imprudencia fatal

Las críticas a la posible decisión de la Cámara se suceden, sobre todo cuando se recuerdan detalles del hecho en el que murió Silvi y que figuran en la causa: Sandoval y sus dos acompañantes llevaban 23 horas sin dormir; habían tomado bebidas alcohólicas y se dirigían a una jornada de pesca en la zona de Bahía Mazarredo. Se durmió, Sandoval no reaccionó a las señales del conductor del minibús municipal de la ciudad de Puerto Deseado e invadió el carril de circulación contrario en la Ruta Nacional 281, según trascendió de la investigación del violento accidente que se registró el 12 de abril de 2013.

En el lugar se secuestraron cajas de vinos, una botella de fernet cola por la mitad y el test de alcoholemia en sangre practicado cuatro horas después del suceso les dio positivo. Sin embargo, es criterio de la Justicia santacruceña en estos casos no imponer pena sino reglas de conducta para reencauzar al que ha cometido estos delitos manejando en forma imprudente y alcoholizado. Como en el caso que se sustancia ahora, muchos creen que eso no sólo es injusto desde el punto de vista jurídico, sino que implica una profundización del dolor para los familiares de las víctimas, que durante años reclaman justicia y al momento de llegar al juicio se deben resignar con una suspensión unilateral y el cierre casi definitivo de la causa.

 

La otra víctima

El caso conmocionó hace un lustro a la ciudad de Puerto Deseado en particular y a toda la zona norte de Santa Cruz, debido a que la víctima fatal era un conocido vecino deseadense, muy vinculado al básquetbol y que viajaba en el asiento del acompañante de un minibús que circulaba por la Ruta 281 desde Puerto Deseado hacia Pico Truncado.

El micro, un Mercedes Benz Transit perteneciente a la Municipalidad de Puerto Deseado, transportaba a un grupo de once basquetbolistas de entre 14 y 15 años. Además de la vida de Silvi, el accidente le causó graves lesiones a uno de los chicos, que nunca pudo recuperarse y quedó en silla de ruedas.

El caso que ahora recobró interés por la cercanía del juicio oral, puso sobre el tapete la discusión sobre el uso de la “probation” en este tipo de casos. A diferencia del Código Procesal de Chubut, en donde la suspensión del juicio a prueba debe contar con la anuencia de la parte querellante, en Santa Cruz la suspensión la decide una Cámara Criminal –en este caso, la de Caleta Olivia, en donde se sustanció la instrucción de la causa-, que ya ha dado la “probation” en casos similares de delitos “culposos”, e inclusive hasta en hechos dolosos mientras exista la posibilidad de una pena probable en expectativa que pueda ser cumplida en suspenso.

Por si fuera poco, el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz ya ha fallado sistemáticamente a favor de las decisiones de las cámaras que otorgaron las “probation”. (Fuente: Jornada – TiempoSur)