Justicia

Yáñez hizo lugar al amparo presentado por tarifa de gas licuado

Así lo precisó el Dr. Juan Miguel Litvachkes, uno de los abogados patrocinantes. Se trata del amparo presentado por vecinos de la localidad de Perito Moreno y Gobernador Gregores en el año 2018 y es el primer fallo en el país respecto a esa resolución.

  • 20/06/2020 • 09:04

Ayer se conoció el fallo de la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, en el que hace lugar en forma parcial al amparo promovido contra la Secretaría de Gobierno de Energía y, en consecuencia, declaró la nulidad de la Resolución N°14/2018 de dicha secretaría respecto de los usuarios residenciales del servicio de gas de las localidades de Gobernador Gregores y Perito Moreno.

En su resolución, la Jueza tuvo en cuenta la “legitimación activa”, de los vecinos al presentar el amparo en contra de este aumento, ya que “resulta indubitable, pues han acreditado ser usuarios del servicio de gas en las localidades de Perito Moreno y Gobernador Gregores”, quienes “han denunciado ilegalidad y arbitrariedad de las resoluciones atacadas, circunstancia esta última que los habilita a considerarse afectados”.

Además, sostuvo que “la eliminación del tope de facturación del 300% para los usuarios categorizados como R1-R23 a través del Art. 1° de la Resolución N° 14/2018 SGE, ha provocado que los actores - quienes revisten la calidad de usuarios R-1 - hayan visto registrados en sus facturas incrementos que rondan el 499,19%, 441,25%, 541,03% 329,77% 441,60% y 341,19%”, que estos aumentos intempestivos se adoptaron “sin la celebración de una audiencia pública previa”, y que por el contrario “la audiencia pública N° 96 - aprobada por Resolución n° 287/18 - no pudo salvar dicha irregularidad, pues la decisión de eliminar el tope de incremento a la facturación ya había sido sancionada, limitándose el Enargas a aprobar un nuevo cuadro tarifario, pero sin topes al monto de la facturación”, es decir, una vez ya aplicados los aumentos.

Al respecto, el Dr. Litvachkes precisó a TiempoSur, que “se trata de un amparo del año 2018 y otro del año 2019” y recordó que dicha presentación surgió desde el “bloque parlamentario por la localidad de Perito Moreno, apoyada por Matías Mazú –quien en ese entonces era el jefe del bloque- y por el entonces vicegobernador y presidente de la Cámara de Diputados, Pablo González”.

En este marco, el abogado señaló que en ese momento “nos presentamos en la Justicia Federal de Caleta Olivia representando a vecinos que se estaban viendo afectados en aumento con las tarifas de gas hasta el 1000% de aumento” y aclaró que “esto respondía a que se había eliminado el tope que se había puesto en el 2016 y que decía que el precio del gas licuado petróleo que afecta a la zona noroeste de la provincia, no podía ser superior a 300% de un año al otro”.

Y especificó: “Lo que planteamos es que la resolución era nula y también lo era la de los cuadros tarifarios de ENARGAS. Lo que decide la Jueza es que hay una nulidad sobre la 14/18 pero no entra en el análisis porque hoy en pandemia se complejizó y esto requiere un estudio más importante porque el precio de gas se forma de manera compleja”.

Litvachkes evaluó que “esto va a traer que el Estado nacional apele; en dos o tres días más va a estar la posibilidad de la apelación”.

“La Jueza deja un vacío pero lo que debería entenderse es que la resolución que libera los topes es nula y debería tomarse el tope 300%” dijo el abogado patrocinante y consideró que “esto traería que Camuzzi debería empezar a cobrarles o devolverle la plata a los usuarios todo lo que se le sobrecobró y generarle la nota de crédito o devolución de dinero, esto cuando quede firme”.

Finalmente, Litvachkes aseguró que “es el primer caso en el país de esa resolución de la era Macri” y valoró “éste es un trabajo de todos los que se animaron a decirlo, del equipo jurídico de la Cámara de Diputados”.