Proyecto

Proponen fiscalización de los laboratorios bromatológicos en Santa Cruz

El proyecto, presentado por el bloque Coalición Cívica ARI, ingresó el 26 de noviembre y busca establecer un régimen integral para la actividad bromatológica, definiendo requisitos técnicos, responsabilidades profesionales y autoridad de aplicación. La iniciativa aún no fue aprobada.

  • 06/12/2025 • 15:31

El texto legislativo ingresó el 26 de noviembre a la Cámara de Diputados, donde el diputado Pedro Muñoz propuso regular el funcionamiento de los laboratorios bromatológicos en Santa Cruz, planteando qué normas debían regir, quiénes serían responsables, dónde se aplicaría el marco, cuándo debería implementarse y por qué resultaba necesario ordenar la actividad. La iniciativa se mantuvo como proyecto ingresado y no aprobado, en análisis parlamentario.

El proyecto estableció que todos los laboratorios bromatológicos debían funcionar de manera separada e independiente de cualquier otra actividad, con ambientes, instrumental y útiles específicos que no pudieran destinarse a finalidades diferentes. También determinó que la conducción técnica quedaría obligatoriamente en manos de un profesional idóneo, con título habilitante y incumbencias acordes a la especialidad.

 

La propuesta definió que la habilitación y fiscalización dependerían de la autoridad de aplicación que designara el Poder Ejecutivo, encargada de verificar que la infraestructura, el equipamiento y la dirección técnica cumplieran con los requisitos exigidos. El articulado precisó qué debía entenderse por laboratorio y estableció que el análisis de alimentos estaría regido por el Código Alimentario Argentino y normas complementarias.

El texto dispuso que los laboratorios debían pertenecer a personas humanas o jurídicas inscriptas, y que quienes no fueran profesionales tendrían que celebrar contratos con directores técnicos o codirectores matriculados en Santa Cruz. Se permitió que un mismo profesional ejerciera hasta dos direcciones técnicas y dos codirecciones, siempre sin superposición de horarios ni funciones.

Asimismo, el proyecto estableció que la habilitación tendría una validez de diez años y que los resultados de los estudios debían ser rubricados por profesionales habilitados. Para laboratorios radicados fuera de la provincia, se exigió inscripción en el registro provincial, constitución de domicilio en Santa Cruz y sometimiento al régimen de control y sanciones locales.

En materia de inspección, la autoridad de aplicación quedaría facultada para ingresar a los establecimientos durante su horario de funcionamiento, y la negativa a permitir la fiscalización sería considerada falta grave. Las infracciones a la norma serían sancionadas conforme el Código de Faltas provincial, avanzando en un esquema regulatorio más estricto.

El proyecto incorporó un régimen de transición: aquellos laboratorios que ya estuvieran en funcionamiento antes de la entrada en vigencia de la ley tendrían 180 días para solicitar la habilitación correspondiente. Esta previsión buscó ordenar el sistema existente sin interrumpir la actividad productiva ni sanitaria.

En los fundamentos, Pedro Muñoz sostuvo que resultaba imprescindible reglamentar la actividad para garantizar mayor seguridad, precisión técnica y coherencia con la normativa nacional vigente, recordando la adhesión provincial al Código Alimentario Argentino y a los programas federales de control alimentario. El proyecto continuó su trámite legislativo como iniciativa ingresada y no aprobada