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Opinión

Nada que ocultar- puram veritaten- la pura verdad

Por Gabriel Giordano. 

  • 28/06/2020 • 10:46

Queridos lectores, mirando por un ventanal el paisaje característico sureño que nos deja las bajas temperaturas,  les debo confesar que si bien reaccioné de inmediato ante una surtida y acostumbrada campaña de la mentira y el odio, me he tomado varios días para escribir esta nota y no porque no tenga la información, sino más bien porque es un tema que me sumerge en un compresivo ético, emocional y moral, debido a la fragmentación de opiniones que se vertieron al respecto en ámbito nacional,  una vez más nos quieren llevar hacia grieta, y está claro que no lo podemos permitir. 

Ahora bien eso no nos inhibe de señalar que la culpa es de nuestros propios co -nacionales que desde el origen mismo de nuestro país, priorizaron sus privilegios contra el resto de los habitantes, primero no quisieron la independencia y luego trabajaron para una minoría enriquecida, la concentración de la riqueza y el manejo de la información pública a través de medios hegemónicos. Y claro los distraídos, ignorantes y confundidos que se suma a esos proyectos antinacionales y extranjerizando, teñidos incluso de sangre y desaparición, propician aun hoy una presunta crítica contra un populismo inexistente, pretendiendo compararnos con otros países y otras ideologías que en modo alguno corresponde. 

A lo largo del camino y después de vencer culpas, miedos y mandatos que nos impiden construir en equidad, valorando las diferencia, he logrado a entender que no hay derecha, ni izquierda, no hay peronismo, ni radicalismo, no hay comunismo y capitalismo, en sentido estricto, nuestro desafío pasa por la comprensión de la necesidad de construir un país más justo y equitativo, sin hipocresía y con reglas claras, desmitificando varios mitos en que se apoyaron aquello que aun hoy nos dominan o pretenden dominarnos, con política imperialistas y sin inclusión social.

Dicho esto, me adentro al tema más sensible de esta nuestra década política argentina, la puesta en escena de los monopolios y la dominación de nuestros conciudadanos, y esta batalla de individualizar hoy, lo que ayer fueron los ingenios de caña de azúcar, tabacaleros, algodoneros, madereros, los grandes Frigoríficos, etc. sensibilizan el principio de la independencia de una nación y su población. 

Cámara de Diputados de Santa Fe, provincia que me vio nacer y cuna del Constitucionalismo Argentino,?dio a conocer su primer informe de la?comisión de seguimiento de las causas judiciales y del concurso la empresa agroexportadora Vicentín, ubicada en la norteña ciudad de Avalladla próxima a Reconquista.?El ojo estuvo puesto en los créditos con el Banco Nación y las empresas vinculadas en el exterior.?Se ve y nadie lo puede desmentir que la empresa se encuentra en una situación de incumplimiento en un contexto en que,?entre 2015 y 2018, no hizo más que expandir su facturación. Teniendo en cuenta los últimos 14 años,?solo en el 2013 exhibe una ligera retracción de sus ventas y esto surge según el primer informe que elaboró el director del Banco Nación,?Claudio Lozano. Quien dijo públicamente "Ninguno de los números disponibles justifica la repentina crisis de Vicentín”. 

Comparto, que la empresa es parte de una red corporativa que incluye 16 firmas en el país y empresas en el exterior en Uruguay, Paraguay, Brasil y España. Corresponde agregar en este punto el papel que cumple la empresa?Renova?dentro de la estructura del Grupo. Esta empresa materializa el acuerdo estratégico que Vicentín tiene con el?Grupo Glencore, Trader mundial de granos. "Acuerdo éste que ha dado lugar a una situación hoy donde, en determinadas actividades resulta difícil separar que pertenece al Grupo Vicentín y que pertenece al Grupo Glencore". Ya por si ello me huele mal.  Y me permito una digresión, preguntarles hipotéticamente que diría el SENADOR LISANDRO DE LA TORRE, antes que lo intenten asesinar en el Senado de la Nación, ¿de este problema? ¿No les parece que la historia se podría repetir una vez más? No les parece que se asimila a los negocios que empresas británicas efectuaban con las exportaciones de carne vacuna argentina y que implicaba actos de corrupción por parte de los ministros Federico Pinedo y Luis Duha.

Señores lectores los más inquietos podrá encontrar, que?el proceso de endeudamiento que fue acumulando Vicentín con el Banco Nación supero los límites a los que podía acceder en función de la normativa correspondiente fijada por el?Ente Regulador para las Grandes Empresas. "Sin embargo y sin fundamento alguno la empresa obtuvo la refinanciación que requería sin hacer las cancelaciones correspondientes para volver a encuadrar en la normativa". "Extrañamente, la decisión de violar la normativa del Banco Central para grandes empresas no fue tomada por un acto administrativo del directorio del Banco. Fue una decisión que corrió bajo la responsabilidad de las Gerencias a cargo. Es decir,?las autoridades políticas del banco en la gestión anterior no quisieron dejar huellas respecto a esta decisión"  y claramente el “muerto” que la administración Macri – Fraga dejan en el Banco Nación es resultado de una maniobra fraudulenta de la firma en complicidad con la anterior conducción política del país y de la institución financiera, que considero debe ser investigado penalmente, como hombre de derecho, mi pensamiento es puramente académico, al punto tal que el Informe que denomino “Informe Claudio Lozano” servirá de acápite de la promoción de la acción penal..

Para comprender lo que hemos de llamar la gran estafa de la década nos permitiremos repasa la  Estructura de propiedad de la Empresa Vicentín SAIC: Elaborado por la Cámara de Diputados de Santa Fe. 

También me gustaría compartir con Ud. el segundo informe elaborado de Claudio Lozano para la comisión,?del cual surgen las 20 empresas en que Vicentín SAIC tiene participación (sea controlada o vinculada), en las 17 empresas para las que se presenta información, todas tienen patrimonio neto positivo, destacándose el caso de Vicentín Paraguay, Oleaginosa San Lorenzo y Renova (en la que actualmente tiene una participación minoritaria). En sus líneas finales, el informe destaca que?el?Banco de la Nación es el principal banco local de la Empresa Vicentín, no sólo por el nivel de línea, sino por: Liquidación de divisas. Entre un 60 y 70 por ciento de los ingresos de divisas de Vicentín se liquidan por el banco (generando negocios en su favor); pago de sueldos y servicio a trabajadores. Buena parte de la cápita del Grupo pasa por las ventanillas del Banco de la Nación Argentina; seguros. Gran parte de los activos de las compañías, están aseguradas por aseguradoras vinculadas al Banco de la Nación; los pagos a proveedores de materias primas y generales se realizan a través del Banco de la Nación Argentina; como puede apreciarse en los datos referentes a los últimos veinte años: la línea del Banco Nación representa en promedio un 4 por ciento de su facturación anual; Los dólares prestados a Vicentín pasan entre 5 y 6 veces por la entidad; de las líneas de crédito del grupo Banco Nación representan alrededor del 20 por ciento. De ahí adelanto mi opinión y reto a debate a quien opine lo contrario que ese es el real interés del Estado en la Intervención, la protección de la fuente de trabajo y de capitales nacionales, evitando el vaciamiento y la extranjerización de empresas que son significativamente importante para el desarrollo de la economía nacional. Por lo tanto poner el carro delante del caballo es tapa con un velo los ojos del pueblo.  

Aquí es donde se alzaron voces en contra de la Expropiación, que claro está que si bien conceptualizaremos dicho instituto por cierto constitucional, lo primero a señalar es que es un instrumento más para lograr lo señalado en el párrafo anterior, no para apoderarse el Estado de propiedades privadas como pretenden tratar de imponer los medios hegemónico.

Conceptualmente entendemos la expropiación como el proceso por el cual un bien que está en manos del sector privado pasa a pertenecer al Estado. La?Constitución nacional?establece en su artículo 17 que “la propiedad es inviolable” y que “ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella”. Pero en el mismo artículo aclara que hay casos excepcionales: “La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada”. Es decir que?la propiedad está protegida por la Constitución, salvo en casos de interés público.?Este interés público debe ser declarado en la ley de expropiación, que necesita de mayoría simple del Congreso para su aprobación. Por su parte La?ley de expropiaciones?fue promulgada en 1977, durante la última dictadura militar. Establece que?la utilidad pública “comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común,?sea éste de naturaleza material o espiritual”. Y determina que la?indemnización sólo toma en cuenta el “valor objetivo del bien”?y los daños producto de la expropiación, y no toma en cuenta “circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien la obra a ejecutarse”. Hasta 2015, este tipo de actos estaban regulados también por el?Código Civil de la Nación, pero el nuevo?Código Civil y Comercial?estableció que “las limitaciones impuestas al dominio privado en el interés público están regidas por el derecho administrativo”. Esto quiere decir que?la expropiación no debe regularse como una relación entre privados?porque requiere la intervención del Estado. “La utilidad pública debe ser declarada por ley, lo cual es una facultad discrecional del Congreso, que?en principio los jueces no pueden anular salvo casos de arbitrariedades”, ?en la práctica la indemnización no es “previa”, como dice la Constitución, ya que el Estado?“deposita ‘provisionalmente’ una suma de dinero insuficiente,?y obtiene la transferencia definitiva del derecho de propiedad”. Luego es la Justicia la que determina el monto definitivo de la indemnización. No sólo la Nación puede expropiar.?También las provincias e incluso entidades autárquicas. Cada provincia tiene su propia legislación sobre expropiaciones. En el caso de los municipios, depende de las leyes orgánicas cómo es el procedimiento: En algunos casos alcanza con la declaración de utilidad pública por parte del Concejo Deliberante y, en otros, el Concejo debe pedir autorización a la Legislatura provincial. Mas no los quiero distraer del tema, pero ante las barbaridades señaladas en diversos medios de comunicación o en la promoción de falsas denuncias, debo ocurrir a la doctrina para ilustrar al lector, sin perjuicio de que luego se posiciones en donde entiende corresponde.

En efecto debe declararse el “interés público”, que es la justificación de la expropiación. Según explicó el Sr. Presidente Dr. Alberto Fernández, en el proyecto de ley de expropiación de Vicentín se declarará a la empresa de utilidad pública teniendo en cuenta que?“se dedica a la producción de alimentos”?y que, en un momento de post pandemia, para el Gobierno “tiene una relevancia singular todo eso”, que se trata de una “operación de rescate”, pues el estado financiero es crítico, está atravesando un concurso que la idea es que continúe, y no caiga en quiebra lo que provocaría la emigración de capitales al exterior y la apropiación de la firma por agentes financieros monopólicos internacionales que nos podrían forzar debilitar en la fijación de precios del mercado interno, con el consecuente daño para los consumidores y productores locales.

También quiero traer opiniones doctrinarias de colegas abogados especialista en el tema, para que las bocas de jarro de callen, es así que me permito citar al Dr. Juan Ignacio Sáenz, docente de Derecho Administrativo y Constitucional en la Universidad de Buenos Aires,?que a dicho “ que ?ha?chequeado?que el procedimiento de intervenir la empresa por DNU (cuando debería ser un juez quien lo hiciera)?es el mismo que se utilizó para expropiar YPF y la empresa conocida como “Ciccone Calcográfica”.  Y dijo el Congreso debe hacer una declaración de “utilidad pública” de un bien,?como puede ser un campo para construir una ruta o una empresa, y allí debe fundamentar el por qué de dicha utilidad. Luego,?el Estado puede conciliar con la empresa o ir a juicio, donde se podría discutir la valuación del bien para negociar la indemnización o, rara vez, la constitucionalidad de la ley que determinó la “utilidad pública” y la posibilidad de expropiación. “Este caso es pionero en relación a considerar utilidad pública la producción de alimentos”, aclaró igualmente que se trata de un caso especial de una empresa donde?se puede argumentar el riesgo de que deje de existir.?

Continuo desmitificado, en cuanto esto no es nuevo para Argentina y el Mundo, esto no es propio del populismo, o de regimes socialista o comunista, como pretende hacer creer, todo lo contrario, en la vanguardia el gran imperio norteamericano, ha consolidado su nacionalismo sobre la base de este instituto la EXPROPIACION.  La?última norma que dispuso expropiaciones?por parte del Estado nacional se sancionó en octubre de 2018. El Congreso aprobó una?ley, impulsada por el entonces Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, que declaró de interés público y sujetos a expropiación a?todos los inmuebles y predios en los que había asentados barrios de emergencia, de acuerdo con un censo oficial, con el fin de urbanizar esos terrenos. En 2016, se había aprobado una norma que hacía lo mismo con todas las instalaciones del Hotel Bauen, pero fue vetada por el presidente, Mauricio Macri. En 2015, durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, se?aprobó?una ley para?expropiar inmuebles ubicados en Florencio Varela que fueron destinados a la Universidad Nacional Arturo Jauretche. Y en 2014 se?declararon?de interés público terrenos en la Ciudad de Buenos Aires con el objetivo de destinarlos a Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, de acuerdo con este?listado?publicado por la Agencia de Acceso a la Información Pública sobre casos en los que se aplicó la ley de expropiaciones. La expropiación más recordada en los últimos años, por la magnitud de la compañía, se produjo en?abril de 2012, durante el segundo mandato de Fernández de Kirchner.?Ese año el Congreso sancionó una ley que?declaró?de interés público y sujeto a?expropiación el 51% de las acciones de la petrolera YPF.?En diciembre de 2008 se hizo lo mismo con la totalidad de las acciones de la empresa?Aerolíneas Argentinas. En 2012 también se?expropió?la?Compañía de Valores Sudamericana, la ex imprenta Ciccone.

Entonces que reprobar, un estado presente nuevamente, bueno el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 522/2020?(publicado en el?Boletín Oficial?en día 9/6/2020), dispuso la intervención de la firma cerealera Vicentín por un plazo de 60 días con el fin de asegurar la continuidad de las actividades de dicha empresa, la conservación de los puestos de trabajo y la preservación de sus activos y patrimonio. Esta claro que se trata de una compañía? "estratégica y clave para la soberanía y el control sobre la producción de alimentos". Si bien?Vicentín es líder en la exportación de harina y aceite de soja, participando en todas las fases, desde el acopio de granos hasta la operatoria portuaria, posee una importante?deuda financiera de u$s 350 millones con el Banco Nación, y miles de puestos de trabajo se encuentran en riesgo. Es cierto que en este contexto de pandemia global, el desempleo es uno de los principales temores del gobierno, y el mantenimiento de las fuentes de trabajo constituye una política de Estado que podría llegar a justificar las expropiaciones, la intervención dispuesta es la medida acertada, y ello no obstaculiza la continuidad del procedimiento de concurso preventivo, tramitando en la causa en el?Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2da Nominación de la Ciudad de Reconquista de la Provincia de Santa Fe.

A modo de cierre, habiendo ya repasado los conceptos y características de la expropiación, la historia en materia de intervención Estatal , la crisis que atraviesa la empresa Vicentín, su conformación y los riesgos inminentes y ante las manifestaciones de interés por parte de ciertas empresas transnacionales presentes en el mercado argentino (cerealero),  realmente?la expropiación de Vicentín será una forma de proteger a una empresa de capital nacional frente a posibles compras por parte de grupos extranjeros. También cierto que si existe otro camino a fin de proteger los intereses de los pequeños y medianos productores y las fuentes de trabajo, es hora de que se los proponga al Sr. Presidente. ?

 

DR. GABRIEL LUCIO GIORDANO