Este viernes

Megaoperativo en Río Gallegos por explotación laboral

Se realizaron allanamientos múltiples de la capital santacruceña. Diez comercios fueron intervenidos por orden del Juzgado Federal.

  • 20/12/2019 • 22:36
Fue encabezado por la DDI.
Fue encabezado por la DDI.

Este viernes personal de la DDI llevó adelante en Río Gallegos, ordenado por el juez subrogante Carlos Cerezoli. Junto con el personal de la división de trata de personas, intervinieron en diez comercios de la capital santacruceña, en el marco de la investigación por trata laboral.

 

El megaoperativo se da por la infracción de la Ley 26364.

 

ARTICULO 1º — Objeto. La presente ley tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas.

ARTICULO 2º — Trata de mayores de DIECIOCHO (18) años. Se entiende por trata de mayores la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta.

ARTICULO 4º — Explotación. A los efectos de la presente ley, existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas;

b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;

c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual;

d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.