Cuenca

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolverá sobre los amparos de despedidos de YCRT

Es por las presentaciones realizadas por las letradas Valeria Carreras y Verónica Sánchez. Las pruebas que aportaron al expediente y por qué son importantes los fallos que dictaminaron la reincorporación de despedidos en 2018. Además, presentarán pruebas en la causa penal que inició Aníbal Fernández contra Omar Zeidán por malversación de fondos, que comprobarían “parte de los dichos” del Interventor.

  • 12/05/2020 • 08:02
“Un trabajador no puede quedar preso de los vaivenes políticos”.
“Un trabajador no puede quedar preso de los vaivenes políticos”.

El pasado 18 de marzo el mismo interventor de YCRT, Aníbal Fernández, informó por la red social que el Juzgado Federal de Río Gallegos a cargo del Dr. Javier Leal de Ibarra, había rechazado cuatro amparos presentados por ex trabajadores que fueron despedidos, junto a otros 400, por la Resolución 07/2020 dada a conocer el 19 de febrero, en la cual se revocó el pase a planta dispuesto en noviembre de 2019 por el ex interventor, Omar Zeidán, bajo la Resolución A 127/19.

Pero son varios los letrados que  patrocinan con amparos a los despedidos. Un caso en particular es el ya adelantado por TiempoSur, de las Dras. Valeria Carreras y Verónica Sánchez que patrocinan a decenas de ex trabajadores, y quienes estuvieron presentes en la Cuenca Carbonífera a inicios de marzo.

Allí evaluaron cada caso en particular y armaron las presentaciones que se demoraron por el aislamiento obligatorio dispuesto desde el 20 de marzo.

Las letradas interpusieron los amparos primero el 22 de abril ante el Juzgado XX Laboral de Capital Federal, el cual dispuso que no correspondía esta presentación

Las abogadas apelaron el 29 de abril y recayó ante la Cámara Nacional de Apelaciones, de turno en esta cuarentena.  Esta cámara está compuesta por la Dra. Diana Cañal, Dra. González y Dr. Ambesi.

Los tres magistrados son los que tienen en sus manos los destinos de un grupo de los cesanteados. De existir un fallo favorable -dictaminar si es procedente- alcanzará solo a este grupo de amparistas, aunque sentará un importante antecedente para los demás casos, aclaró la Dra. Valeria Carreras.

“El argumento fundamental es el fallo Madorrán, en el cual el trabajador no puede quedar supeditado a los cambios cíclicos de los gobernantes. Un trabajador no puede quedar preso de los vaivenes políticos”, remarcó la letrada.

Este fallo de 2007 dictaminado por la Corte Suprema de Justicia, reconoció la estabilidad del empleado público, quien no puede ser despedido sin causa justa, ni con indemnización, sino que previamente debe iniciarle un sumario administrativo que deberá demostrar la causa justa del despido.

 

TS:¿Qué elementos de prueba aportaron a la causa?

Dra. Valeria Carreras: Hemos apartado pruebas de relación laboral mediante cuentas sueldo, recibos de sueldo, carnet de obra social, alta de ART, alta de AFIP, preocupacional en copia, copia de exámenes médicos previos, y hasta uniformes de los empleados. También el reconocimiento biométrico para ingreso ya que sin esto, ellos no podían ingresar a su trabajo.

 

-¿Influyen o forman parte de los argumentos de los fallos que ordenaron reincorporar a los despedidos del 2018?

VC: Sí, citamos jurisprudencia de Río Gallegos específica de aquellos despidos injustos, que fueron motivados por decisiones de la gestión Macri. Aportamos los planes de desarrollo productivo de YCRT, lo que querían hacer, y aportamos la capacitación de nuestros representados, y  los lugares estratégicos aplicados a ese proyecto productivo.

 

-¿Si esos despidos fueron injustos, significa que éstos también?

Sí, y colocamos la cita de ese fallo y ponemos la cita de los dichos de la Gobernadora de Santa Cruz de 2018. Y este fallo importante que habla que los vaivenes políticos no pueden hacer a la suerte de un empleado.

 

- El argumento de YCRT es que los trabajadores no realizaron correctamente los trámites de ingreso a la empresa.

Ante estos argumentos de faltante de legajos pudimos acreditar en el expediente la totalidad de los antecedentes que se requirieron que nombré anteriormente.

 

-¿Por qué los despidos aún tienen el alta de ART, AFIP, ETC.?

No lo sabemos. Desconozco el motivo por el cual están activos como empleados, pero puedo asegurar que los perjudicó porque no han podido acceder al IFE.

 

DENUNCIA DE ANÍBAL FERNÁNDEZ

Otro punto que adelantó la letrada es que cuando finalice el aislamiento, presentarán pruebas que comprobarían “parte de los dichos” del interventor   Aníbal Fernández, referente a su denuncia del 6 de marzo contra el ex interventor Omar Zeidán y su hermano, el edil Samir Zeidán, por malversación de fondos del erario público. “Presentaremos pruebas que hagan a los fines de esa investigación”, advirtió.