Modificación La AFIP vigila tus compras en el supermercado: hasta qué monto se podrá gastar sin controles El organismo tributario modificó las cifras para exigir documentación a los contribuyentes; cómo son los mínimos según la explicación de los contadores. 15/01/2024 • 17:10 Detener audio Escuchar La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuales se exigirá una identificación a los compradores de bienes. Según explicó el Blog del Contador, el organismo que conduce Florencia Misrahi “actualiza el importe a partir del cual se deben identificar a los consumidores finales cuando se emitan tickets o facturas”. “Dicho monto pasa de $92.720 a $191.624 cuando se trate de pagos a través de medios electrónicos. Cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos, el monto a partir del cual se debe identificar al consumidor final será $95.812 (antes $46.360)”, detalló. En tanto, el blog Contadores en Red indicó que “se actualizó a partir del 15 de enero de 2024 el importe de facturación a consumidor final para identificar en las facturas por aplicación de la actualización establecida en el RG 4444/19″. “Cuando el receptor de la factura sea un consumidor final deberán detallarse los siguientes datos, siempre que el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624 el importe se incrementó un 106,67% (antes $ 92.720)”, indicó. Los datos a pedir son: Apellido y nombre, Domicilio, CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI). “El sistema 'Comprobantes en Línea' considera que la operación fue realizada a través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Tiquet. Además, indicó que “la identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 95.812 (antes $ 46.360) y no se haya efectuado por alguno de los medios de pago electrónicos autorizados (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina)”. “El sistema 'Comprobantes en Línea' considera que la operación no fue realizada a través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Contado u Otra. “En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 95.812 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado”, expresó. Temas AFIP Compras Modificación Datos montos Lás más leídas en Info General 1 Para ATE "se pone en riesgo la paz social" Santa Cruz 2 Policía de Santa Cruz colabora en la búsqueda de José Cretton en Chubut Santa Cruz 3 Con 48 animales en tránsito, pide ayuda para solventar los gastos Santa Cruz 4 Alertan presencia de un puma cerca del paso San Sebastián Santa Cruz 5 Cerrarán el Aeropuerto de Río Gallegos por tareas de mantenimiento Santa Cruz