Economías regionales

Con la lana incluida dentro del "dólar agro", la FIAS analiza los alcances

La lana fue alcanzada por la medida anunciada la semana pasada por el ministro de Economía, Sergio Massa. Fue publicado en el decreto 194 en el Boletín Oficial.

  • 12/04/2023 • 17:09

El ministro de Economía Sergio Massa anunció el miércoles de la semana pasada un nuevo tipo de cambio para el campo.  Fue el "dólar agro", un tipo de cambio diferencial para la soja por 45 días y uno de economías regionales por 5 meses a 300 pesos.  

La FIAS -Federación de Instituciones Agropecuarias Santacruceñas- no sabía si la medida, esperada por el sector, incluía a la lana.

Pero la duda se disipó el lunes con la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 194-DCNEU- que incluyó un extensa nómina de productos y que alcanzó a la lana.

"La lana está alcanzada por el decreto, pero estamos analizando los alcances y cómo llegaría a los productores", indicó Sebastián Apesteguía, titular de la FIAS.

El ruralista mantenía en la tarde del miércoles, una reunión con el Consejo de la CRA (Confederaciones Rurales Argentinas).

"Estamos buscando las alternativas que precisan los productores para percibir esta mejora en el tipo de cambio que se logró con el trabajo conjunto de los Gobiernos provinciales", añadió en diálogo con TiempoSur.

El sector, quiere conocer la "letra chica" de la reglamentación. "Valoramos el apoyo provincial para lograr los alcances de este decreto, pero para que efectivamente llegue al productor debemos analizar la reglamentación", recalcó.

 

Dólar agro

El tipo de cambio, en el caso de los productos de soja y sus derivados, fijado por el decreto que regirá hasta el 31 de mayo próximo, incluye:

Soja a granel, con hasta 15% de embolsado.

Soja con más del 15% embolsado, excepto en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2 kg.

Aceite de soja en bruto, incluso desgomado, a granel,

Aceite de soja a granel.

Aceite de soja refinado en envases con capacidad inferior o igual a 5 litros.

Aceite de soja refinado a granel.

Aceite de soja refinado en tambores con capacidad superior a 200 litros.

Pellets de cáscara de soja y demás residuos de soja.

Harina de tortas, de soja.

Pellets de soja.

Harina de soja, tortas y demás residuos de la extracción de aceite de soja.

Biodiésel y sus mezclas obtenido del aceite de soja.

En el anexo del texto se incluye una nómina de más de 50 productos, con la carne  y la lana.