Río Gallegos

Caso desalojo de perros: ¿qué dice la Ordenanza Municipal?

Luego de que se diera a conocer el caso de una mujer y sus 12 perros que deberán ser desalojados de su hogar en el lapso de 30 días, fueron muchas las opiniones al respecto.

  • 19/01/2023 • 13:26

Claudia es una vecina de la ciudad de Río Gallegos y quien, días atrás, recibió una intimación por parte del Departamento de Control Animal para desalojar a sus 12 mascotas debido a que, según dicta la Ordenanza Municipal N° 8426/14, sólo pueden tenerse un máximo de 2 perros por hogar en la ciudad.

Ante dicho acta, Claudia escribió un desesperado pedido a través de un posteo en la página de Facebook “Amigos de 4 Patas” en donde expuso su situación y la de sus mascotas, indicando que no tenía una solución ante la problemática, debido a que no posee el dinero suficiente para llevar a vivir a sus doce perros en su terreno, como así también expresó su intención de no deshacerse de los mismos ya que que les tiene un gran aprecio, porque “son parte de su familia”.

TiempoSur se comunicó con la Secretaría de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Río Gallegos para intentar buscar una respuesta ante la problemática y pudo conocer que, actualmente, desde el área se están tomando cartas en el asunto para poder resolver el conflicto de la vecina en cuestión.

Qué dice la Ordenanza Municipal

La Ordenanza Municipal N° 8426/14 –la cual es mencionada dentro del acta labrada por parte del personal de Control Animal- en su Artículo N°15 dicta que “por razones de espacio y salubridad, siempre y cuando los dueños cuenten con patios cerrados y de dimensiones suficientes para el bienestar de los animales, se establece como apropiada la tenencia de hasta dos (2) mascotas por vivienda. En el caso de criaderos o que se desee poseer más animales se deberá solicitar una autorización especial en el Departamento Veterinaria y Control Animal, quienes evaluarán el impacto en el vecindario que resultare de esa tenencia. El Departamento Veterinaria y Control Animal deberá solicitar la anuencia de tres (3) vecinos próximos, preferentemente los aledaños y quienes limitaren con el fondo de la vivienda en cuestión, los cuales deberán firmar voluntariamente su conformidad si así lo considerasen, en caso de no haber consenso no se le otorgará la autorización especial. En cualquier caso, deberán contar con los requisitos (Patentamiento y Certificado de Salud) que estipula la presente Ordenanza”.