Por Registro Civil

“Matrimonios y algo más…”

Cuatrocientas veintiocho parejas pasaron en 2017 por el Registro Civil de la ciudad de Río Gallegos. De este modo, se refleja que más allá de las estadísticas y algunas aseveraciones por parte los entendidos en estas cuestiones, son muchas las personas que deciden apostar al amor. Por otra parte, es importante subrayar que este año, se realizaron 476 uniones convivenciales.  Al igual que en 2016, el mayor índice de matrimonios se celebró este año en el mes de diciembre.

  • 31/12/2017 • 08:45
En diciembre de este año se celebraron setenta matrimonios.
En diciembre de este año se celebraron setenta matrimonios.

Es indudable que para algunos el mes de diciembre suele ser muy significativo porque en el transcurso del mismo se celebran las tradicionales fiestas de fin de año, mientras que para otros es el momento del año ideal para contraer matrimonio. Esto puede ser corroborado a través de datos estadísticos correspondientes a los últimos tres años, en los que se detalla que en diciembre de de 2015, sesenta y cinco parejas fueron las que se animaron a pasar por el Registro Civil. Ese número se amplió en igual período en 2016, ya que ochenta y un parejas, fueron las que dieron el “Sí”. Ahora bien, muchos se preguntaran: ¿Qué pasó este año? Pregunta a la que TiempoSur, responderá a través de información proporcionada recientemente por la Jefa de la Oficina Seccional 1711 – Argentinos-, María Celia Jaque, quien expuso que el pasado jueves 28 de diciembre a las 13:30 se celebró el último matrimonio del año en la ciudad de Río Gallegos, acontecimiento con el cual se contabilizaron setenta casamientos en el transcurso de este mes. 
El total de matrimonios celebrados en 2017 en la capital de Santa Cruz, fue de 428, 132 menos que en 2016.  
De las cifras dadas a conocer se desprenden otros datos, tales como que en 2017 hubo quince matrimonios igualitarios o del mismo género. Asimismo pasaron por las oficinas de la intersección de las calles Orkeke y Chacabuco 476 parejas que realizaron sus uniones convivenciales (concubinatos). En relación a estos últimos aspectos, precisaron que no es necesario sacar turno con anticipación, solo se debe retirar una solicitud, la que se debe presentar luego con las fotocopias correspondientes del DNI de los convivientes y de dos testigos siempre mayores de edad. En caso de ser divorciados, deben presentar la sentencia del mismo o el acta de divorcio vincular. En caso de ser viudos se deben presentar certificado de defunción. En síntesis, son los mismos requisitos que se deben presentar para contraer matrimonio.  

¿Qué se debe saber antes de contraer matrimonio?

Al respecto, la Jefa de la Oficina Seccional 1711 – Argentinos-, destacó que se puede solicitar turno para contraer matrimonio con siete días de anticipación a la fecha elegida. También, explicó que si los contrayentes son solteros, deben presentar fotocopia del documento de los integrantes de la pareja y de dos testigos. Además se debe completar un formulario que es proporcionado por la oficina. En caso de que los contrayentes sean divorciados, tiene que presentar fotocopia del documento, más la sentencia de divorcio vincular. Si tuvieran la sentencia del divorcio anterior a la reforma del Código Civil, se hará la conversión. 
En el caso de los viudos, se solicita que presenten los certificados de defunción y matrimonio, para constatar que el futuro contrayente haya estado casado con la persona que falleció. 
En cuanto a los menores de edad, la responsable de la Oficina Seccional 1711 – Argentinos-, manifestó que se requiere la autorización de ambos progenitores eso en caso de que no estén presentes. Este trámite se debe realizar en el juzgado.
Ahora si se encuentran presentes al momento de efectuarse el matrimonio, los padres deberán firmar el acta correspondiente. 
Otro de los requisitos, que se deben tener en cuenta al momento de contraer matrimonio, son los testigos. La ley exige presentar dos testigos obligatorios, quienes deben ser mayores de 18 años y tener documento. 
Los extranjeros con pasaporte no podrán oficiar de testigos.
Desde el Registro Civil local, se precisó que si se agregan más testigos a los obligatorios, se debe abonar un estampillado de $100 por cada uno, en Rentas de la provincia. La mayoría de las parejas opta por más de dos testigos, razón por la cual esta información puede ser de gran utilidad.
Con la puesta en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en Agosto de 2015, quedaron sin efectos los análisis prenupciales que se solicitaban anteriormente. Además se aclaró que se solicita a los contrayentes, las partidas de nacimiento sólo si las tuvieran. De no ser así, no es obligatoria presentarla.   
Las libretas son gratuitas, al igual que las ceremonias que se realizan en la oficina mencionada. 

(Nota completa en la edición impresa de TiempoSur)