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Defensa modificó la Ley 19.101 para habilitar nuevas funciones del personal militar

El Gobierno nacional oficializó cambios a través de un decreto de necesidad y urgencia. La medida permite que efectivos en actividad puedan desempeñarse en el Ministerio de Defensa sin pasar a disponibilidad.

  • 26/01/2026 • 12:09
Defensa modificó la Ley 19.101 para habilitar nuevas funciones del personal militar
Defensa modificó la Ley 19.101 para habilitar nuevas funciones del personal militar

El Gobierno nacional modificó la Ley 19.101 mediante un decreto de necesidad y urgencia con el objetivo de ampliar las funciones del personal de las Fuerzas Armadas en actividad dentro del Ministerio de Defensa. La medida fue anunciada el 26 de enero en la Ciudad de Buenos Aires a través de un comunicado oficial. El cambio habilitó a oficiales y suboficiales a cumplir tareas en el ámbito ministerial sin perder su condición de servicio efectivo. La decisión se tomó para fortalecer la gestión de la defensa nacional. El decreto se aplicó en todo el territorio argentino.

Desde el Ministerio de Defensa se informó que la modificación permitió contar con cuadros altamente calificados para cubrir funciones estratégicas sin afectar la carrera profesional del personal militar, explicó. Hasta ese momento, el pase a situación de disponibilidad implicaba que el tiempo de servicio no computara como efectivo, lo que desalentaba la incorporación de personal con experiencia y conocimiento especializado, detalló.

El comunicado señaló que la urgencia de la medida respondió a la necesidad operativa de cubrir puestos clave con personal idóneo en áreas donde la formación y la experiencia militar resultaron determinantes para la planificación y conducción de la defensa nacional, indicó. En ese sentido, se remarcó que el conocimiento acumulado a lo largo de la carrera militar fue considerado esencial para la gestión del sistema de defensa.

Asimismo, se destacó que el decreto se inscribió en una política de integración entre personal civil y militar dentro del Ministerio, con el fin de fortalecer la conducción del área, manifestó. Según se precisó, la modificación también corrigió una restricción que afectaba el principio de igualdad ante la ley al limitar el acceso del personal militar a funciones para las que resultaba plenamente capacitado, señaló.

Finalmente, se aclaró que la reforma no introdujo privilegios ni alteró aspectos sustanciales de la carrera militar y que no fue aplicable a oficiales que hubieran alcanzado los grados más altos, como Teniente General, Almirante o Brigadier General, ni a quienes se desempeñaron como jefes de los estados mayores, ya que esas instancias representaron la culminación de la carrera profesional, aclaró.

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