Judiciales

Mañana se dará a conocer la sentencia por el homicidio de Sánchez

En horas de la tarde del presente jueves se concretó la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por el homicidio de Santiago Sánchez. El pasado viernes 5 de marzo el tribunal de debate declaró penalmente responsable a Darío Saldivia por el hecho acontecido el pasado 2 de julio de 2016, y asimismo dictó la absolución de los coimputados Álvarez y Tranamil “por ausencia de prueba”.

  • 11/03/2021 • 17:58

El tribunal de debate fue presidido por Raquel Tassello y conformado por Miguel Caviglia (por videoconferencia) y Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la defensa de Saldivia fue ejercida por Francisco Miguel Romero y José Palacios, abogados particulares del mismo.

El fiscal teniendo en cuenta que Saldivia ya fue declarado penalmente responsable del delito de homicidio simple en calidad de autor. A los fines de meritar la pena el fiscal “consideró como agravante la naturaleza de la acción y el medio empleado para cometerla”. Un hecho que ocurre a la madrugada, la víctima es perseguida por un vehículo y es sorprendido por un brutal ataque aprovechando su estado de indefensión, ya que estaba alcoholizado. Recordemos las tres fracturas en el cráneo que le provocan la muerte y el elemento empleado”. Asimismo se tuvo en cuenta como agravante el motivo fútil del ataque. En cuanto a las atenuantes Saldivia no registra antecedentes penales computables y que tiene un hijo menor de edad a los fines de la no trascendencia a terceros de la pena. Pesan más las agravantes que las atenuantes por lo cual el fiscal requirió una pena de 12 años de prisión, más accesorias y costas legales.

Teniendo en cuenta el riesgo de fuga, la pena en expectativa y que se había ido a Chile dos días después del hecho, se mantuvo la prisión preventiva durante todo el proceso. Ya se ha acreditado responsabilidad penal, si bien persiste el estado de inocencia, por lo cual el fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción sobre Saldivia para asegurar la aplicación de la Ley penal.

 

El defensor cuestionó la prisión preventiva que debe darse cuando la sentencia quede firme. “El pedido de pena por parte del fiscal es sumamente desproporcionado. La naturaleza de la acción y el medio empleado es parte del tipo penal”. Asegurando que el estado de indefensión no se da ya que no fue acusado su defendido con el agravante de ensañamiento. Las amenazas fueron de Sánchez hacia Saldivia es decir “no hubo motivo fútil”. Como atenuante el defensor consideró que “carece de antecedentes y que es padre de un menor”. Los efectos de la pena “no debe extenderse a personas ajenas al proceso”. Solicitando el mínimo establecido para el delito 8 años de prisión.

 

El tribunal resolvió mantener la prisión preventiva de Saldivia, tiene un veredicto de responsabilidad penal por homicidio simple con una pena en expectativa en abstracto con un mínimo de 8 años de prisión. En base a la existencia del peligro de fuga y la pena en expectativa y para asegurar el cumplimiento de la Ley penal, corresponde mantener la preventiva de Alexis Saldivia hasta que la sentencia quede firme, o a los seis meses. Mañana a las 13:00 dará a conocer el veredicto de la pena.