ENACOM

Ya no se cobrará roaming entre Argentina y Chile por el uso de telefonía móvil

Al cruzar la frontera los usuarios de telefonía móvil pagarán las llamadas, servicios de voz, mensajería y datos móviles a precio local durante 90 días corridos o 120 discontinuos dentro de un mismo año.

  • 31/08/2020 • 09:38

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) oficializó la eliminación del cobro de roaming entre la Argentina y Chile, por lo que el uso de telefonía móvil, incluyendo servicios de voz, mensajería y datos móviles, al cruzar las fronteras de ambos países se facturará al precio local.

La medida entró en vigencia a partir de la publicación este lunes en el Boletín Oficial de la Resolución 927/2020 del Enacom que estableció el Régimen de Roaming Internacional entre Argentina y Chile.

El presidente Alberto Fernández mantuvo el sábado último una videollamada con su par de Chile, Sebastián Piñera, en la que celebraron la eliminación del cobro de roaming entre ambos países.

“Esto sí que es como integrar territorio definitivamente porque un argentino que habla en Chile es lo mismo que un chileno que habla en Argentina y eso me pone muy contento”, señaló el jefe de Estado a su par chileno.

Por su parte, Piñera remarcó la medida como "una gran noticia para los argentinos y chilenos”, y consideró que “en el fondo estaremos separados por la cordillera pero unidos por la tecnología”.

El Enacom precisó que la identificación se realizará, como hasta hoy, a través de la tarjeta SIM, y, así, el usuario podrá conectarse con un operador de otra red abonando el precio de su país, es decir que el costo de las llamadas y consumo de datos no insumirá cargos extras.

Según lo estipulado, esta normativa define un lapso para la utilización de dicho beneficio, que es de 90 días corridos o de 120 días discontinuos en el mismo año.

Por otro lado, los operadores que brinden el servicio a los usuarios cuando se encuentren en el país vecino deberán asegurar la misma calidad de servicio y cobertura que a sus usuarios nacionales.

Esta medida tiene su origen en el Acuerdo de Libre Comercio (ACL) suscripto entre Argentina y Chile, que fue incorporado mediante La ley 27.497.

Sus detalles fueron acordados, en tanto, en el ámbito de la Comisión Administradora Bilateral del Acuerdo Comercial entre ambos países, en el marco de una sesión en la cual se abordaron diversos mecanismos para facilitar el intercambio entre ambos países, y el viernes último el directorio de Enacom le otorgó la aprobación definitiva.

Fuente Minuto Uno.