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“Se pretende gravar el derecho real de la propiedad inmobiliaria minera”

El secretario de Ingresos Públicos, Edgardo Valfré, indicó que de rural “no tiene nada” el gravamen  que se cobra actualmente a las mineras y que ahora se pretende aumentar. Sostuvo que con la nueva reforma fiscal se aumentarían entre 350 a 400 millones de pesos al año. 

  • 17/10/2012 • 00:00
Para Valfré se puede seguir teniendo ganancias razonables. (Archivo).
Para Valfré se puede seguir teniendo ganancias razonables. (Archivo).

El secretario de Ingresos Públicos de la Provincia, Edgardo Valfré, brindó ayer un pormenorizado análisis sobre la ley de Fortalecimiento Financiero enviada a la Cámara de Diputados de Santa Cruz, que en este momento se encuentra en comisiones.
Entrevistado en el programa “En una Hora” que se emite por Tiempo FM, afirmó que con dicha norma, se prevé recaudar entre 350 a 400 millones de pesos al año. Defendió la iniciativa tras su paso por la Legislatura.  

¿En cuánto impactó la última modificación del Código Fiscal?
- Veníamos con una recaudación promedio de 85 a 95 millones de pesos al mes, y luego de esa importante modificación del Código Fiscal en promedio daba un 20 por ciento el incremento. Pero la recaudación ha crecido un poco más. Hoy por hoy hay distintas políticas de fiscalización, inclusive a través de un sistema de castigos a partir de retenciones bancarias a aquellos que incumplen con sus obligaciones de presentar las declaraciones juradas a través de la página de AFIP. Por este régimen de castigo de acuerdo a ciertos parámetros de riesgo fiscal, hemos llevado la recaudación a 125 a 130 millones de pesos al mes, bastante más significativo que el aumento de las alícuotas. Es decir, viene acompañado de una política desde la Secretaría, en un control sobre todo de aquellos grandes contribuyentes.
 
En la Ley de Fortalecimiento ¿No se superpone gravar a los productos exportables con lo que ya cobra el Estado Nacional?
- Sí, pero las provincias son autónomas. De hecho la provincia de Misiones también está gravando las exportaciones, porque prácticamente toda la actividad de la provincia era comercializada y exportada a Paraguay, Brasil y el Uruguay. En el caso particular, los recursos no renovables, gran parte quedan dentro del país, pero lo que se exporta, que estaba exento, se pensó y estudió darle el mismo tratamiento a aquellos como el petróleo, gravarlo cuando se exporta.

¿Cuál es el cambio que se propone en el proyecto al impuesto inmobiliario rural que pagan las mineras?    
Nosotros interpretamos que de rural no tiene nada. El Código Minero la define como un inmueble, entonces lo que se le está dando es un tratamiento diferencial a aquellas que están destinadas a una actividad de tipo rural a otras como en este caso que están destinadas a una actividad minera. Lo que se está proponiendo y enviando en esta ley es gravar el derecho real de la propiedad inmobiliaria minera, que se manifiesta a través de sus reservas que son las que declaran las empresas en el momento de elevar su proyecto o anualmente a través de sus declaraciones juradas que tienen que presentar a distintos organismos.

Si alguien dice que se están atacando derechos adquiridos ¿Usted qué le contesta?
En el mes de julio hubo un fallo de la Corte que establece cuál es el impacto fiscal que tienen las mineras. En ningún lado está la definición de cuál era el impacto fiscal, si era en función del monto en que facturan o en función a su ganancia, o era en función al PBI de un determinado país o sector de la actividad económica. No es lo mismo el valor del oro que había hace 10 o 15 años atrás que el valor del oro hoy, o sea, hay variables que han evolucionado para bien, como en este caso el precio del oro. Yo creo que hoy por hoy la realidad de las empresas mineras es muy distante a la que había hace diez o quince años atrás (…) Si vamos a medirlo en función de las ganancias ese impacto fiscal, están en condiciones de pagar un monto en impuesto superior al que venían pagando antes.

También se eleva el impuesto al juego del 15 al 20% ¿Qué se tomó como parámetro?
Las alícuotas del juego a nivel país y en las distintas provincias, difieren, algunas tienen una tasa proximal al 10%, otras al 15%, otras el 20% como Mendoza. O sea que en ese aspecto las provincias son bastantes autónomas en determinar sus propias alícuotas de ingresos brutos. Por otro lado, los casinos pagan un canon a Loterías. Están en condiciones de absorberlos y de seguir manteniendo una ganancia razonable.      

Usted estuvo reunido con los Diputados ¿Le manifestaron alguna crítica en particular?
- No, si bien estuve prácticamente cuatro horas explicando el proyecto, escuché algunos comentarios sobre que no se les había dado la información suficiente. Casualmente hablé sobre estos temas, que son los más importantes, que son la minería, los casinos y las exportaciones a los recursos naturales no renovables, que es lo más importante de la Ley. En este proyecto, vimos la oportunidad y le solicitamos al Gobernador que nos permita incorporar modificaciones al Código Fiscal que en su momento se habían aprobado en abril y en junio, que se nos habían pasado por alto.  

Los números del proyecto

- Antes de la reforma fiscal de este año la provincia recaudaba alrededor de 85 a 90 millones de pesos por mes en impuestos.
- Tras la reforma fiscal y el aumento del control de la recaudación, asciende de unos 215 a 130 millones mensuales.
- Por la suba de la alícuota al juego, del 5% al 15%, se obtendrían aproximadamente 20 a 25 millones de pesos anuales.
- Si los diputados aprueban el proyecto tal cual está, se podrían recaudar entre 350 a 400 millones de pesos anuales.
- Gran parte de estos corresponde a los gravámenes a las mineras.

RECUADRO DE NOTA

El gravamen a las cooperativas

El secretario de Ingresos Públicos, Edgardo Valfré, fue consultado por el impuesto a los ingresos brutos a las cooperativas, algo que es resistido por estas que hasta el momento se encuentran exentas. Al respecto, aclaró que el impuesto se aplicará a todas aquellas que no brinden servicios al Estado, cuyo caso más emblemático son las cooperativas de trabajo, quienes seguirán sin abonar ingresos brutos.
“A lo que uno apunta con esta Ley es a aquellas cooperativas de consumo o de préstamos que algunas disfrazadas de esta manera, no brindan ningún tipo de beneficios a sus afiliados o prácticamente escasos y compiten a la par como cualquier privado”, indicó.  
Reconoció que en el caso de las telefónicas como Oyikil (Río Turbio) o Cotecal (El Calafate), fueron planteos que surgieron con los diputados y que quizás deberían ingresar en las que quedan exentas del impuesto, pero que esa podía ser tarea de los legisladores ya que tienen la potestad de cambiar el proyecto.