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Represas: Concluyó la Audiencia Pública sobre Impacto Ambiental

Se dieron a conocer los resultados de la misma en un comunicado.

  • 11/12/2015 • 16:58

En el marco de lo dispuesto por la Ley 2.658 de Evaluación de Impacto Ambiental,artículo 5º y 8º,Decreto reglamentario 007/06 y decreto 2386/08 -Anexo XIII sobre reglamento de audiencia pública- y demás normativa complementaria y concordante; todo ello en el marco del expediente tramitado en autos 902.907/JGM/SMA/2015,la Subsecretaria de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz; comunica lo siguiente:

Tras la realización de la audiencia pública del día 9 de diciembre del año en curso en la Localidad de Comandante Luis Piedra Buena y ante el alto grado de participación y de respeto por los procedimientos de audiencia pública y de participación ciudadana, en cumplimiento de los artículos de las normas citadas “Artículo 29.- Clausura: finalizadas las intervenciones de todos los expositores y participantes, el Presidente dará por concluida la Audiencia Pública. A los fines de dejar debida constancia de cada una de las etapas que integraron la Audiencias Públicas, se labrará un acta que será suscripta por el Presidente, Legisladores o Funcionarios del Organismo, por todos los participantes y expositores registrados que invitados a signarla, quisieran hacerlo….Artículo 30.- Fundamentación: La Subsecretaría de Medio Ambiente, deberá fundamentar por escrito, su decisión final con relación al tema tratado en la Audiencia Pública en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles de finalizada aquella.?”; se informa a la comunidad que se ha emitido el acta de fundamentación que en línea con lo actuado procede a la aprobación en los términos allí indicados de la obra que nos ocupa.

En cumplimiento de lo expuesto en los arts. “31.- Información a la comunidad: La Subsecretaría de Medio Ambiente deberá dar a conocer la Fundamentación en los medios de difusión….”. En cumplimiento del art 32 se informarespecto a la publicación y la audiencia pública y el acta de fundamentación, lo siguiente:

a) La fecha en que sesionó la Audiencia pública: 9 de diciembre del año 2015, desde las 11:am hasta las 19:10 pm.

b) Una relación sucinta de su objeto: poner a consideración de la ciudadanía el estudio de impacto ambiental de la obra represas sobre el Río Santa Cruz;

c) Los funcionarios del Organismo Convocante que estuvieren presentes en ella, así como la cantidad de expositores y participantes: Lic. Martin Fernandez –Subsecretario-, Lic- Miryam Gonzalez –Directora General de Evaluación y Ordenamiento Ambiental-, Dr. Marcelo Farias –Director General de Asuntos Legales-, junto a la presencia de otros funcionarios de alto rango provincial y Nacional, entre otros el Subsecretario de Recursos Hidricos de la Nación Edgardo Bortolozzi. Expositores 61 más los que presentaron consultas escritas –aprox 10- y más de 350 asistentes.

d) Una exposición sucinta de las mociones presentadas: sin perjuicio de que todas están incluidas en el acta de fundamentación, se destaca en cumplimiento de este punto, que las mociones principales versaron sobre: aspectos ambientales y de protección de la fauna, alerta sobre especie endémica como el maca tobiano y de importancia turística/recreativa como la trucha steelhead, protección del glaciar y nivel de desacople de las presas con el lago argentino, aspectos expropiatorios especialmente sobre el punto de 200 metros desde línea de rivera, planteos ideológicos y sobre el nivel de desarrollo sustentable, especialmente presentados por los representantes de los pueblos originarios; planteos de los pueblos que se sirven del Río aguas abajo sobre el mantenimiento de caudales y calidad de agua, beneficios económicos y de empleo, especialmente planteados por UOCRA; beneficios de la energía hidroeléctrica frente a otros tipos de energía que utilizan combustibles fósiles; importante consenso de casi todos los sectores sobre el beneficio general de la obra para la Provincia, siempre destacando y coincidiendo en la necesidad de que la obra se realice respetando en su totalidad las normas aplicables y especialmente las ambientales; entre otros.

e)  Una relación breve de las fundamentaciones presentadas por el organismo convocante: Nuevamente y por la extensión del acta de fundamentación y de los estudios que nos ocupan, nos remitimos a los mismos pero a fin de cumplir el punto, se indica que las fundamentaciones versaron básicamente sobre: existen estudios que aseguran con un nivel técnico ampliamente suficiente que el nivel de las presas está desacoplado del Lago Argentino y por ende no habrá afectación de los glaciares por este aspecto; existencia de programas para profundizar estudios que apunten a proteger en general el ecosistema y en particular a la especie endémica como el maca tobiano y de importancia turística/recreativa como la trucha steelhead, remisión a los expedientes judiciales en los que se discute el tema expropiatorio, entre otros. Desde ya se destaca que la comisión evaluadora y el acta de fundamentación, indica e instruye a la UTE y a todos los actores involucrados en la OBRA a tomar contacto con todos los sectores eventualmente afectados y que han manifestado sus necesidades, planteos y dudas; a los efectos de lograr el más alto grado de diálogo y consenso posible.

En virtud de todo ello se informa que se encuentra a disposición de la comunidad el acta de audiencia, el acta de fundamentación, dictámenes legales y técnicos y Disposición 504/15 y Declaratoria de Impacto Ambiental 2049/15 en el expediente obrante en esta Subsecretaría de Medio Ambiente y por otro lado para un mayor grado de publicidad y de participación ciudadana, considerando especialmente el más alto respeto por dicho instrumento legal ambiental, se encuentran cargadas el acta de audiencia y el acta de fundamentación en la página web provincial www.santacruz.gov.arpudiendo acceder al sitio web y consultar el apartado de la obra que nos ocupa y en el cual obran los documentos citados y los demás oportunamente publicados.

En este sentido y en este acto se informa que se ha aprobado el Estudio de Impacto Ambiental de la obra “APROVECHAMIENTO HIDROELECTRICO DEL RIO SANTA CRUZ (PRESIDENTE DR. NESTOR C. KIRCHNER Y GOBERNADOR JORGE CEPERNIC)”, ubicada en  cercanía de las Localidades deComandante Luis Piedra Buena y El Calafate,  Provincia de Santa Cruz, perteneciente a la empresa CHINA GEZHOUBAC.LELECTROINGENIERIAS.AHIDROCUYO S.A. UTE; en los términos expuestos en los documentos indicados y reduciendo el plazo de aprobación a 1 año –en lugar de 2 como es habitual- junto a la obligación adicional de presentar informes cuatrimestrales de avance; a los efectos de mantener un control superior al habitual, en línea con una obra de esta magnitud e importancia.Todo lo que fue comunicado con fecha 10/12/2015 en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz,  en concordancia con lo estipulado en la normativa vigente.

Se informa a la comunidad que están invitados a continuar acompañando este procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

 

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