Turismo Aventura

Chile renueva su normativa tras 20 años e incorpora el bungee

El Ministerio de Economía, a través de Sernatur y la Subsecretaría de Turismo, renovó los estándares técnicos de 15 actividades del sector para elevar la seguridad del destino de cara a la temporada 2026-2027.

29/07/2026 • 18:30

Corresponsal-  Con la publicación de la Resolución Exenta N°271 en el Diario Oficial, el Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) y la Subsecretaría de Turismo concretaron un hito clave para la industria turística nacional: la actualización de los estándares técnicos de 15 actividades de turismo aventura y la regulación oficial, por primera vez en el país, del salto bungee.

El nuevo marco regulatorio —ejecutado técnicamente junto al Instituto Nacional de Normalización (INN)— renueva normativas que contaban con cerca de 20 años de antigüedad. Este trabajo colaborativo reunió a gremios, la academia y prestadores de servicios para alinear las operaciones locales con los estándares internacionales de seguridad.

Las actividades actualizadas contemplan disciplines como montaña, alta montaña, trekking, senderismo, cicloturismo, escalada en roca, canopy, cañonismo, parapente, vehículos todo terreno, pesca recreativa y observación de biodiversidad, entre otras.

La subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, destacó el impacto de este hito “Chile ha sido reconocido internacionalmente en múltiples ocasiones como el Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo, y ese liderazgo nos exige avanzar con decisión en seguridad. La actualización de estas 15 normas y la incorporación del bungee refuerzan la confianza de quienes nos visitan, complementando además el proyecto de Ley de Turismo Aventura que sigue su curso legislativo en el Congreso”.

La principal novedad del decreto es el establecimiento de un marco regulatorio específico para la práctica del salto bungee y puenting, fijando estrictos protocolos en equipamiento, gestión del riesgo y perfiles técnicos del personal.

Entre los requisitos y límites fijados por la nueva norma destacan; las edades donde la mínima podrá ser de 12 años con autorización y mayores de 60 que deberán presentar certificado médico habilitante.

A lo anterior, se suma los controles de peso que van de 40 kg a un máximo de 175 kg, y una exigencia de un equipo operativo compuesto por 3 guías especializados por cada cliente al momento de realizar el salto.

La resolución completa y los manuales técnicos ya se encuentran disponibles para descarga pública en el portal de Servicios Turísticos de Sernatur.

 

 

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