UCR

Una ley que no se cumple en un partido político, detonó un reclamo que podría terminar en la justicia

La Red Nacional de Mujeres Radicales realizará un reclamo ante la Junta Electoral Provincial de la UCR por el no cumplimiento de la Ley 27.412 de Paridad de Género en las listas que compiten por la presidencia de la UCR. Advierten que las listas "tienen mujeres pero no alternancia". Dos listas no tienen mujeres postuladas en la presidencia y/o vicepresidencia.

  • 07/06/2022 • 07:31
Paula Obaya, referente de la Red Nacional de Mujeres Radicales.
Paula Obaya, referente de la Red Nacional de Mujeres Radicales.

La Red Nacional de Mujeres Radicales realizará un reclamo ante la Junta Electoral Provincial de la UCR por el no cumplimiento de la Ley 27.412 de Paridad de Género en dos de las tres listas que competirán por la presidencia del partido.

Podría haber también una presentación en la Justicia. 

Paola Obaya, referente de dicha Red, señala que salvo la Lista "Con Vos Santa Cruz", las demás no tienen mujeres como candidatas en cargos expectantes, como es la presidencia y/o vicepresidencia.

"Presente con Futuro" lleva a Daniel Gardonio y a Daniel Roquel; "Dirigencia con compromiso" a Leonardo Roquel y Juan Acuña Kunz; y "Con Vos Santa Cruz", a Matías Quinteros y Johana Busto.

Pero el reclamo termina allí, porque las listas "tienen mujeres, pero no alternancia". Los cargos incluyen 14 vocales titulares, 5 vocales suplentes, 4 delegados al Comité Nacional y 4 suplentes, y 8 Delegados a la Convención Nacional y 4 suplentes. En el primer caso, la Lista "Con Vos" (que integra Obaya), tiene un total de 18 mujeres; "Presente con Futuro" tiene 20, la misma cantidad que "Dirigencia con compromiso".

 

"En la Junta Electoral se jactan de que tienen el 50% de los cargos con mujeres, pero se supone que la ley ya existe y esto no se lo deben advertir, esto es una problemática porque supongo entonces que las mujeres no seremos representativas", expuso.

El domingo la Junta Elector informó este incumplimiento a las listas que tenían plazo hasta ayer lunes a las 18:00 realizar las siguientes modificaciones:

1) Lista Blanca “Con Vos Santa Cruz”:

a) Reemplazo de los puestos vacantes los cuales son: 5º vocal suplente Autoridades

Comité Provincia, que preferentemente no sea ocupado por persona de género masculino por aplicación de la Ley Nº 27.412; 2º, 3º y 4º suplente Delegados al

Comité Nacional, para lo cual se sugiere la designación de una persona de género

masculino y dos femenino o disidencia.

2) Lista Rojo, Blanco y Negro “Presente con Futuro”:

a) Reubicación de los candidatos y candidatas a efectos de que en los tres primeros puestos expectantes se integre al menos a una persona de diferente género y que dentro de los primeros ocho se observe paridad.

3) Lista Roja y Blanca “Dirigencia con Compromiso”:

a) Designar y remitir aceptación de cargo de la persona que ocupará el puesto de 5º

vocal suplente Autoridades Comité Provincia, quien deberá ser de género femenino o disidencia en cumplimiento de la Ley Nº 27.412.

"Me llama la atención Daniel Gardonio, con quien hemos trabajo este tema, pero que está más aceitado en política y paridad de género porque tiene una Secretaría de la Mujer en el municipio de San Julián", precisó, y contó que cuando le preguntó los motivos de dicho error no tuvo respuesta.

Obaya consideró que esto sucede en parte por ignorancia y en parte de manera intencionada. "Nos tiene en cuenta para siempre para las elecciones, sean abiertas o cerradas, buscamos avales, y demás, pero cuando se arman las listas dicen que faltan mujeres y que nadie participa, pero eso se podría haber dicho hace años, ahora hay un montón de mujeres militantes", argumentó.

Ejemplificó que Candela Pitaccolo, de la Lista que lidera Leonardo Roquel, es candidata a 2º delegada ante la Convención Nacional, pero el año pasado "con ella fuimos juntas en las precandidaturas de las PASO para diputados nacionales".

También advirtió que las listas "no quieren acatar la alternancia" porque "nuestro régimen electoral dice que debe haber 50% de mujeres, pero sin tener en cuenta la alternancia, así que se agarran de eso, pero es una falta de respeto a las militantes que viene trabajando desde hace años".

 

LA LEY

La ley de Paridad de Género en ámbitos de representación Política dispone que para la oficialización de las listas "los/as candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente".

Pero también expone en su Artículo 21 que   como la carta orgánica "constituye la ley fundamental del partido en cuyo carácter rigen los poderes, los derechos y obligaciones partidarias y a la cual sus autoridades y afiliados deberán ajustar obligatoriamente su actuación, respetando la paridad de género en el acceso a cargos partidarios".

El Artículo 50 expresa que son causas de caducidad de la personalidad política de los partidos, "la violación de la paridad de género en las elecciones de autoridades y de los organismos partidarios, previa intimación a las autoridades partidarias a ajustarse a dicho principio".