Congreso

Ley integral de HIV y alivio fiscal

Ambos proyectos fueron aprobados por el Senado. Cómo votaron los legisladores santacruceños y qué implica cada uno de ellos para el país.    

  • 02/07/2022 • 07:00
Maratónica sesión en el Congreso.
Maratónica sesión en el Congreso.

En la noche del jueves se realizó una jornada histórica en el Senado de la Nación, con legisladores santacruceños como protagonistas. Trataron y aprobaron proyectos tanto de índole sanitaria como económica, no sin dejar espacio para la chicana, la discusión y el ida y vuelta de la política en la Cámara Alta. La sesión fue presidida por la vicepresidenta Cristina Fernández y se trataron temas claves para el país en diferentes áreas.

Con la presencia de madres y padres de niños y adolescentes con cáncer, el Senado sancionó este jueves por unanimidad (64 votos positivos) la Ley de Oncopediatría, que prevé una serie de beneficios y asistencia económica -mientras dure el tratamiento- para las familias más vulnerables.

La flamante ley establece la creación del “Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer”, con el objetivo de reducir la morbimortalidad por esta enfermedad y garantizar los derechos de los pacientes.

 

Entre esos derechos, algunos de los que se enumeran son: recibir los mejores cuidados disponibles, priorizando el tratamiento ambulatorio, siendo la estancia en el hospital lo más breve posible de acuerdo al tratamiento; estar acompañado/a de sus referentes familiares o de cuidado, sin que les comporte costos adicionales ni obstaculice el tratamiento; recibir información sobre su enfermedad y su tratamiento, de una forma que pueda comprenderla con facilidad y pudiendo tomar decisiones, con la asistencia de sus progenitores cuando fuera necesario. En este primer proyecto, los legisladores santacruceños votaron a favor.

Por otra parte, convirtió en ley este jueves el proyecto de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, otras infecciones de Transmisión Sexual y Tuberculosis que deroga la actual norma 23.798 sancionada en 1990. La iniciativa obtuvo 60 votos a favor y uno solo en contra del senador Humberto Schiavoni, jefe del bloque Pro.

A través de la nueva norma queda derogada la Ley 23.798, que había declarado de interés nacional la lucha contra el SIDA, y fue sancionada en el año 1990.

Además del VIH, la nueva ley incorpora a las hepatitis virales, la tuberculosis y las infecciones de transmisión sexual (ITS).

De acuerdo al texto, se prevé “la respuesta integral e intersectorial” y la cobertura universal y gratuita de una asistencia integral -medicamentos, insumos, vacunas, tratamientos, etc-.

La norma prohíbe la realización de la prueba diagnóstico en los exámenes médicos pre-ocupacionales, como así también durante el transcurso y como parte de la relación laboral.

Tampoco podrá solicitarla ninguna institución educativa, pública o privada, como requisito de ingreso, permanencia, promoción o para el acceso a becas. Como en el anterior caso, las manos se alzaron a favor.

 

Alivio

Por último, el Senado sancionó por unanimidad (60 votos positivos) el Alivio Fiscal para trabajadores monotributistas y autónomos en la noche de este jueves.

El proyecto había salido de Diputados, donde fue impulsado por el presidente de ese cuerpo, Sergio Massa, en acompañamiento de legisladores del oficialismo y la oposición, el pasado 15 de junio, también por unanimidad.

La flamante norma, que rápidamente será promulgada por el Poder Ejecutivo ya que se votó al filo de la fecha para que, a partir del 1º de julio, rija la nueva actualización, establece que los montos máximos de facturación para las categorías A, B, C y D se actualizarán en un 60% y el resto -de la E a la K- en 29,12%, en función del coeficiente acumulado a junio de este año, y que combina los dos aumentos que hubo en las jubilaciones en el primer semestre.

De esta manera, los montos máximos para cada categoría serán: $748.382,07, para la A; $1.112.459,83, para la B; $1.557.443,75, para la C; $1.934.273,04, para la D; $2.277.684,56, para la E; $2.847.105,70, para la F; $3.416.526,83, para la G; $4.229.985,60, para la H; $4.734.330,03, para la I; $5.425.770,00, para la J; y $6.019.594,89, para la K.

Además, las categorías A y B estarán exentas del componente impositivo, que representa $288 y $555, respectivamente. Este beneficio aplicará a los monotributistas “puros”, es decir, a aquellos que no tienen otros ingresos, ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles, por ejemplo.

Con esta exención -que no afecta fondos de obras sociales ni seguridad social- se verán beneficiados unos 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total.