Infracción a la ley 23.737

Truncadense libre y a prueba

Así lo determinó, en la jornada del jueves, el Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia, luego del pedido realizado por el defensor de Gerardo Luis Del Piero, a quien le concedieron el beneficio por el delito de tenencia simple de estupefacientes.

  • 26/02/2022 • 10:15
El juez Dr. Reynaldi actuó de manera unipersonal en el juicio.
El juez Dr. Reynaldi actuó de manera unipersonal en el juicio.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, integrado de forma unipersonal por el Dr. Mario Gabriel Reynaldi, quien se encuentra presente a través de la plataforma Zoom, con la presencia del Sr. Secretario Dr. Luis Fernando Deluca, a fin de tratar el pedido de suspensión de juicio a prueba presentado por el Defensor Público Oficial Dr. Sergio María Oribones en favor de su asistido Gerardo Luis Del Piero.

Se informó por Secretaría que se encuentran presentes en la Sala el Sr. Fiscal General Dr. Teodoro Nürnberg y el Defensor Público Oficial Dr. Sergio María Oribones, mientras que su asistido Gerardo Luis Del Piero, nacido en Pico Truncado, provincia de Santa Cruz, quien reside en el Barrio Juan XXIII de la ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, donde se encuentra con prisión preventiva bajo modalidad de arresto domiciliario. Abierto el debate, el Presidente explicó al procesado los hechos por los que fue requerido a juicio, los alcances del instituto de suspensión de juicio a prueba, y la importancia del cumplimiento de las pautas que se establezcan, en el caso de ser concedido. Del Piero, manifestó que estaba de acuerdo con la solicitud de suspensión de juicio a prueba y aceptó pagar la reparación propuesta y el mínimo de la multa, también expresó que estaría dispuesto a realizar las tareas en la modalidad que el Presidente le imponga, ya que es comerciante, tiene un kiosco de diarios y revistas heredado de la familia, de hace 50 años, que actualmente se encuentra detenido en prisión domiciliaria por una causa del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia. Concedida la palabra a la Defensa Pública, el Dr. Oribones, refirió que su defendido ofrece una reparación económica de carácter simbólico de $3.000 y el mínimo de la multa, mencionando que, dada la situación de detención domiciliaria, las tareas comunitarias podrían ser bajo otra modalidad, como ser la donación de alimentos a institutos de bien público, consultado al imputado al respecto indico que hace mucho tiempo colabora con el comedor y merendero comunitario de Mirella, y dijo que podría continuar con dichas colaboraciones o donaciones. El Magistrado le concede la palabra al Fiscal General, quien al respecto, indicó que está de acuerdo con la defensa.

El Dr. Reynaldi explicó que el valor económico se equipará a litros de combustible, un litro de nafta al precio de hoy está a $100 ($95,50 el litro para ser exactos), en consecuencia, la Defensa y su pupilo ofrecen entre $3000 y $4000 por mes, según los alimentos que el comedor indique que ese mes necesita. Seguidamente, el Juez concedió la palabra al Ministerio Público Fiscal, quien presta su conformidad para la concesión del beneficio, en tanto el tipo penal por el cual fuera requerida la elevación de la causa a juicio posibilita la concesión del beneficio requerido. Además, estuvo de acuerdo con el monto ofrecido, requirió se fijen el mínimo de la multa y las reglas de conducta que deberá cumplir el nombrado. Respecto del tiempo de duración de la suspensión, aconsejó sea por el término de un año. Por lo que, formalmente, prestó su conformidad a la suspensión del juicio requerida. Se repasaron los términos de la presentación y la ratificó. No teniendo las partes nada más que agregar el Juez hizo saber su decisión, para resolver en la presente respecto de la solicitud de suspensión de proceso a prueba formulada por el Defensor Público

Oficial a favor de Gerardo Luis Del Piero basó su solicitud en el hecho por el cual se ha formulado el requerimiento de elevación a juicio, esto es tenencia simple de estupefacientes, el encartado ofreció una reparación económica de carácter simbólico de $3.000, ofrecimiento ratificado en la audiencia, por su parte el Fiscal General formuló consentimiento a la pretensión de la Defensa, la que sustentó en los motivos expuestos al momento de la audiencia conforme surgen en el Acta, además requirió se fijen el mínimo de la multa establecida por ley y las reglas de conducta. La postura Fiscal satisface el juicio de razonabilidad.

Fijadas las posturas de las partes, el Sr. Juez pasó a considerarlas en los términos siguientes. La escala penal del delito por el que el imputado fue requerido de juicio autoriza la aplicación de este instituto. Atento a la naturaleza del suceso que constituye un ilícito de acción pública, en la que no se encuentra involucrado ningún funcionario público en ejercicio de sus funciones y las condiciones personales de la causante, que carece de antecedentes penales, se habilita la concesión del beneficio solicitado permitiendo suspender el proceso.

Por este motivo, el Presidente resuelve hacer lugar al pedido de suspensión del juicio a prueba por el término de un año en favor de Gerardo Luis Del Piero, calificando su conducta como tenencia simple de estupefacientes. Disponer que abone en concepto de reparación la suma de $3.000, debiendo acreditar ante este Tribunal, dentro del término de diez días del dictado de esta resolución. Establecer que, en sustitución a las tareas comunitarias, dada a su condición de detenido bajo modalidad de prisión domiciliaria, deberá aportar una donación de $4000 o una colaboración equivalente a 40litros de nafta, de manera mensual, al “Comedor Comunitario Mirella de Angulo”, por el plazo de 6 meses, debiendo presentar la constancia ante la Secretaría de Ejecución Penal sita en este Tribunal.