Cámara en lo Criminal

Policías condenados por intento de robo

Ayer el Tribunal Oral, luego de escuchar los alegatos del Fiscal y de los tres defensores de los imputados Valdez, Napaiman y Seijas, los sentenció a seis años de prisión a los primeros dos, mientras que el restante a tres años.

  • 02/12/2021 • 09:15
Los tres imputados fueron condenados a prisión de cumplimiento efectivo.
Los tres imputados fueron condenados a prisión de cumplimiento efectivo.

Cerca de las 09:00 de ayer, se reunió nuevamente el Tribunal Oral, presidido por el Juez Joaquín Cabral y los vocales, Diego Lerena y Eduardo López, para escuchar los alegatos de las partes.

El primero en hacerlo fue el Fiscal, Iván Saldivia, quien comenzó diciendo que quedó acreditado la materialidad, como la responsabilidad penal del hecho. Luego hizo un recuento de las pruebas recolectadas y las testimoniales, como así también de las declaraciones de las víctimas.

Más adelante en su alegato el fiscal Saldivia, manifestó que los tres imputados reconocieron que estuvieron en la casa de calle López Lestón. A su vez explicó que los tres se presentaron en la casa, Valdez y Napaiman ingresan a la vivienda, mientras que Seijas se quedó en las inmediaciones, recordando los resultados de los tres allanamientos que se hicieron.  

Para finalizar el Fiscal dijo que coincide con la calificación de la instrucción en la cual se le imputa a Valdez y Napaiman, el delito de “Robo calificado por ser cometido en poblado y en banda con el uso de arma de fuego y por ser miembros de una fuerza de seguridad, en grado de coautores”, y a Rodrigo Seijas, se le imputa el delito de “Robo calificado por ser cometido en poblado y en banda con el uso de arma de fuego cometido con la intervención de dos  miembros de una fuerza de seguridad en grado de coautor, por lo que solicitó la pena de ocho años de prisión para los dos primeros en mencionar y para Seijas la pena de seis años de prisión.

Pidió la absolución

El segundo en alegar fue el Dr. Víctor Robles, representante de Nicolás Valdez, quien comenzó diciendo que rechazaba la calificación en cuanto al robo calificado, ya que durante el debate se vio que no robaron dinero, ni plantas, y si es por los teléfonos, no quedó acreditado que se los hayan llevado, ya que el más interesado en que desaparezcan son las víctimas. Además, explicó que no hay informes de localización de los teléfonos, lo que los llevó a preguntarse si hubo robo y reiteró que es una situación que favorece al denunciante.

A su vez explicó que no está acreditada la sustracción de elementos, y comentó que el denunciante durante la testimonial en el recinto supo los nombres de cada uno de los imputados, mientras que en la instrucción declaró otra cosa. A su vez manifestó que no hay prueba directa que pueda acreditar el robo a pesar de ser funcionario de seguridad, no está acreditada el uso del arma de fuego, y más por su defendido por tenía una provista.

Por todo esto es que el Dr. Robles solicitó la absolución de su defendido y aclara que ni en la acusación fiscal ni en el expediente el tipo penal no se ha acreditado.

Coincidió con su colega

Posteriormente le tocó el turno al Dr. Coronel, defensor de Omar Napaiman, quien inició su alocución diciendo que su defendido estuvo en la casa de calle López Lestón, pero no, así como lo dice el Fiscal, “en ningún momento se pudo acreditar lo que el Fiscal le quiere enrostrar”. También hizo referencia a los allanamientos dio positivo, por no se encontraron los teléfonos, y aseguró que ningunas de las pruebas aportadas han podido romper el principio de inocencia.  

También se refirió a la declaración testimonial de la víctima, ya que para él no fueron claras, y dijo que entiende la desaparición de los celulares era mejor para las presuntas víctimas, explicó que hubo contradicciones en las declaraciones de las víctimas.

Más adelante en su alegato Coronel manifestó no estar de acuerdo con la calificación legar del robo, porque no está probado, porque no hay pruebas del robo de celulares, por lo que solicitó la absolución de su pupilo ya que lo sostiene el derecho a no ser condenado por lo que solicitó el Fiscal.

Aseguró su inocencia

Por último, alegó el defensor de Seijas, el Juan Carlos Botik, quien dijo que su pupilo es inocente e hizo referencia a que ambas víctimas dijeron que no ingresó a la casa, ambos coinciden que fueron dos personas vestidas de policías. A su vez recordó que las dos víctimas vieron a dos personas, mientras que el hombre manifestó que vio a tres, solo dos entraron a la casa.

Más adelante manifestó que no coincide con el Fiscal por el grado de coautor de su defendido, ya que fueron al debate por un robo y Seijas no participó del hecho.

Luego aseguró que en ninguna instancia se conoce el papel de su defendido en la causa, por lo que le corresponde el beneficio de la duda, y reiteró que no coincide con el motivo dado por el Fiscal, por lo que solicitó que a su pupilo lo declaren inocente.

Ya finalizado los alegatos, el Presidente del Tribunal les preguntó a los tres imputados si tenían algo para decir, a lo que los tres respondieron que no.

Fallo

El Tribunal paso a un cuarto intermedio de cinco minutos, porque iban a deliberar de acuerdo a los distintos planteos realizados durante los alegatos. Al regresar aseguraron que pasaría otro cuarto intermedio, pero esta vez de 30 minutos para deliberar y dar a conocer el fallo.

Al regresar, el Tribunal explicó algunos fundamentos y en uno de ellos se detuvo a aclarar cuáles fueron los roles de los imputados ya que son distintos, explicando que, Valdez y Napaiman, ingresaron a la casa y desplegaron actos violentos contra los moradores, además de llevar el arma de fuego e intimidar a la mujer. En cuanto a Seijas manifestó que sabía la condición de policías de sus compañeros. También aseguró que coincide en la responsabilidad penal de Valdez y Napaiman con el Fiscal, pero se trataría de una tentativa de robo, con los agravantes que se encuentran en la calificación. En cuanto a Seijas explicó que no puede ser aplicado el agravante del arma de fuego porque no estaría acordado el uso de la misma, pero si le cabe el agravante de en banda y poblado.

Por lo expuesto el Tribunal Oral falla:

1- Condenar a Nicolás Valdez a la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tentativa de robo agravado por ser en poblado y en banda, por el uso de arma fuego y su condición de ser integrante de una fuerza de seguridad.      

2- Condenar a Omar Napaiman, a la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tentativa de robo agravado por ser en poblado y en banda, por el uso de arma fuego y su condición de ser integrante de una fuerza de seguridad.     

3- Condenar a Rodrigo Seijas a la pena de 3 años y seis meses de cumplimiento efectivo coautor penalmente responsable del delito de tentativa de robo agravado por ser en poblado y en banda, y conocer la condición de sus consortes integrantes de una fuerza de seguridad.