Justicia

Condenan a un hombre a prisión por comercialización de estupefacientes

Se trata de Pablo Edilberto Amallo a quien, en enero de 2016 y en dos oportunidades en el año 2019, se le secuestró marihuana y cocaína, además, de dinero en efectivo. El imputado aceptó un juicio abreviado y en la sentencia se le dictó una condena de más de cuatro años de cumplimiento efectivo.  

  • 06/08/2020 • 08:48
Extracto de la sentencia condenatoria del Tribunal Oral Federal.
Extracto de la sentencia condenatoria del Tribunal Oral Federal.

Ayer se reunió el Tribunal Oral Federal para dictar sentencia contra Pablo Edilberto Amallo, argentino, quien se encuentra alojado en la Comisaría Tercera de Caleta Olivia, y es asistido por el Defensor Marcelo Fernández, en tanto que la vindicta pública se encuentra representada por la fiscal general subrogante Dra. Patricia Kloster.

Según se pudo conocer por la elevación a juicio llega atribuyéndole a Amallo tres hechos por infracción a la Ley 23.737.

Primer delito que se le endilga

El primero de los hechos data del 8 de enero de 2016, cuando Pablo Edilberto Amallo tuvo en su poder con fines de comercialización 0,70 gramos de cocaína adentro de un envoltorio de nylon negro en el bolsillo de chaleco que vestía y bajo la esfera de custodia con los mismos fines 9,44 gramos de cocaína; distribuidos en dos envoltorios de nylon de 7,80 y 1,64 gramos cada uno respectivamente, ubicados en el asiento trasero del rodado marca Volkswagen Gol color blanco, el cual estaba estacionado sobre calle Juan José Viamonte al 800 del barrio Rotary de la ciudad de Caleta Olivia, mientras era ocupado en el lado delantero derecho por el acusado, por Leandro Mansilla en el lado del conductor, y por Luis Vidal en el habitáculo trasero. En tales circunstancias Amallo fue reducido en el lugar por personal de la Comisaría Quinta, tras intentar darse a la fuga, luego de ser indicados por dos personas como quienes los increparon momentos antes. Se halló también una balanza digital, una tijera azul, una cuchara con mango blanco, 26 billetes de $100 y 6 billetes de $50, dos celulares marca Nokia y tres pendrives.

Segundo hecho que se le imputa

En éste Amallo fue requerido por haber tenido en su dominio, el día 12 de julio de 2019, siendo aproximadamente las 20:00, un envoltorio de nylon negro con 98,76 gramos de marihuana, con fines de comercialización; el cual se encontraba en el bolsillo derecho de la campera que vestía y la suma de $3700 al momento de efectuarle requisa personal a raíz de ser demorado en intersección de calles San Juan y Emilio Arce de Caleta Olivia por personal del Comando Radioeléctrico Zona Norte.

El último delito

En esta última causa, se atribuyó a Amallo el haber tenido bajo la esfera de su dominio y con fines de comercialización, el día 13 de julio de 2019, siendo aproximadamente las 00:15, en el living comedor: Un envoltorio transparente con 14,12 gramos de marihuana, una caja roja con $39.300, más seis envoltorios de papel y dos envoltorios de nylon con marihuana que pesaban cada uno 1,75; 1,42; 0,94; 0,96; 0,95; 0,99; 1,01 y 0,96 gramos, los que se hallaban en el interior de un canasto. También tenía en un estante blanco tres cigarrillos de armado artesanal que pesaron 0,57 y 0,54 g., y 0,62 gramos en una carterilla negra marca OCB; en un mueble de madera un envoltorio transparente conteniendo otro paquete negro con 467,81 gramos de Cannabis Sativa, sobre la heladera tenía restos de cigarrillos con un pesaje de 15,75 gramos; en la puerta del congelador de la misma heladera tenía un envoltorio de nylon con 252,99 gramos de Cannabis Sativa; en el bajo mesada cuatro envoltorios con 2098,81; 2131,72; 2166,64 y 1017,82 gramos de Cannabis Sativa, en un estante de madera color marrón una balanza digital marca "Aguia Urso" y un envoltorio de nylon negro con 469,92 gramos de Canabis

Sativa. En el dormitorio tenía en el interior de una mochila ubicada sobre la cama una balanza gris y tres envoltorios que pesaban 0,69, 25,23 y 12,16 gramos de Cannabis Sativa y una maceta verde con una planta de marihuana de un metro de altura aproximadamente que pesaba una vez deshojada 89,92 g. y dinero en efectivo por $377, discriminados en billetes y monedas de diversa cuantificación adentro de un cilindro celeste verde y amarillo. Todo ello en la vivienda sita en barrio Rotary 23 calle Entre Ríos al 2000 de Caleta Olivia, en momentos de llevarse a cabo la orden de allanamiento librada por el Juzgado Federal de esa ciudad en el marco de la presente causa.

En ese momento, la Fiscalía consideró que las conductas desplegadas por el imputado debían ser encuadradas como “Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización”, en calidad de autor.

 

Juicio abreviado

La fiscal general, Dra. Patricia Kloster, solicitó la acumulación de causas por conexidad subjetiva y propuesta de juicio abreviado, manteniendo la misma calificación legal de todos los hechos atribuidos a Pablo Edilberto Amallo, ello es “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, en grado de autor.

Por ello, la Fiscalía General solicitó condenar a Pablo Edilberto Amallo a la pena de 4 años y 5 meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor penalmente responsable del delito “Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización” reiterado.

El letrado defensor adhirió a la propuesta de juicio abreviado de la Fiscal General, dejando expresa conformidad respecto a la existencia de los hechos imputados y la participación en ellos que fuera atribuida en aquella presentación, la calificación legal que el representante de la vindicta pública formulara al proponer el trámite, a la pena requerida y a la forma de cumplimiento.

 

Audiencia

Presentado ante el Tribunal el referido acuerdo de juicio abreviado, se dispuso acumular las causas, se fijó la audiencia de visu. En dicho acto procesal le fue explicado al encartado Pablo Edilberto Amallo los alcances del instituto del juicio abreviado, fue interrogado sí reconocía la autoría en los hechos atribuidos, si consentía la calificación legal asignada y la pena propuesta; Amallo reconoció su autoría y responsabilidad en los hechos atribuidos, ratificó el encuadre legal y aprobó el quantum punitivo.

En virtud de ello el Tribunal dispuso pasar a deliberar para resolver, respecto de la procedencia del acuerdo de las partes y dictar el fallo respectivo. Por todo lo expuesto, luego de valoradas las pruebas recibidas en la instrucción, la propuesta formulada por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa; la admisión de responsabilidad efectuada por el procesado, de conformidad con las disposiciones legales citadas, este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Santa Cruz:

 

Falla

1- Declarar admisible la propuesta de juicio abreviado traída a consideración del Tribunal.

2- Condenar a Pablo Edilberto Amallo, a la pena de 4 años y 5 meses de prisión de

cumplimiento efectivo, como autor penalmente responsable del delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización reiterado”.

3- Ordenar el traslado de Pablo Edilberto

Amallo a la Unidad Penitenciaria N°15 dependiente del SPF para su alojamiento

y adecuado cumplimento de la ejecución de la pena.

4- Ordenar la destrucción del tóxico –previa obtención de muestras en cantidad suficiente para futuras pericias- y el decomiso de todos los bienes secuestrados vinculados al ilícito.