Trasladaba droga a Caleta Olivia

Condenada por transporte de cocaína

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, condenó en un juicio abreviado a Jessica Flores, a quien, durante el mes de octubre del 2019, cuando viajaba a Caleta Olivia, le encontraron cocaína, durante un control de Arroyo Verde. La condenaron por ser partícipe secundaria de transporte de estupefacientes.

  • 02/11/2021 • 11:15
El hallazgo de la sustancia fue en un colectivo de larga distancia.
El hallazgo de la sustancia fue en un colectivo de larga distancia.

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, dictó sentencia en una causa por transporte de estupefacientes.

La misma tiene como imputada a una mujer llamada Jessica Flores, quien fue representada por los Defensores Públicos Oficiales Sergio María Oribones y María Fernández Van Raap, en tanto que la vindicta pública fue representada por el Fiscal General ante el Tribunal, Dr. Teodoro Nümberg.

La causa llegó al Tribunal por pedido de elevación a juicio, en el cual imputan a Jessica Flores haber transportado 2005, 28 gramos de cocaína, incautados el día 1 de octubre de 2019, alrededor de las 14:45, a la altura del Km. 1307 de la Ruta Nacional N°3. En circunstancias de un control público, realizado por Gendarmería Nacional Argentina, se procedió a inspeccionar en el puesto de Arroyo Verde (Chubut), el micro de pasajeros de la empresa Andesmar, proveniente de la terminal de Retiro –CABA-, con destino a la ciudad de Caleta Olivia, Santa Cruz, momento en que el can “Alexis” marcó la butaca N°30, ocupada por Flores. Debido a ello, fue invitada a descender del colectivo y sometida a requisa personal y del bolso de mano que portaba con resultados negativos; consultado el conductor sobre la lista de pasajeros, informó que Flores ascendió con un bolso y despachó una valija en la bodega; dicha valija al ser revisada presentó un doble fondo, conteniendo tres paquetes de 1.126 gramos, 324 gramos y 589 gramos, respectivamente, envueltos en papel film transparente, con granos de café y sustancia en su interior.

Con las formalidades de la ley, se realizó el narcotest al contenido de los envoltorios, siendo positivo para cocaína, arrojando un peso inicial total de 2.039 gramos. En esa oportunidad, se procedió al secuestro de la sustancia ilegal hallada, de un teléfono celular marca LG negro, entre otros elementos y como consecuencia de las medidas dispuestas en estas actuaciones, se procedió la detención de Flores.

En ese momento, la Fiscalía de Instrucción consideró que la conducta desplegada por la mujer debía ser encuadrada como “Transporte de estupefacientes”, en calidad de autora penalmente responsable.

Juicio abreviado

El Fiscal General propone que se realice un juicio abreviado calificando los hechos atribuidos a la imputada –en carácter de partícipe secundaria- por el delito de “Transporte de estupefacientes”.

Aduce que todas estas circunstancias permiten asumir que estamos frente a un típico caso de una “mula”, es decir de una persona que no es la dueña de la sustancia y no tenía dominio suficiente para poder configurar todo el hecho, sino que aquél fue entregado para que ella lo trasladase de un punto a otro para su posterior traspaso a los destinatarios, lo que permite asumir en el caso que el aporte de Flores era fungible, de lo que deriva el carácter secundario en la faena ilícita, e invoca el principio de proporcionalidad.

Por ello, la Fiscalía General solicitó condenar a Jessica Flores a la pena de 2 años y 8 meses de prisión, de cumplimiento en suspenso, como participe secundaria del delito de “transporte de estupefacientes”.

La imputada con patrocinio de la Defensora Pública Oficial, adhirió a la propuesta de juicio abreviado del Fiscal General, dejando expresa conformidad respecto a la existencia del hecho imputado y la participación en el que se le atribuyera en aquella presentación, la calificación legal que el representante de la vindicta pública formulara al proponer el trámite, a la pena requerida y a la forma de cumplimiento.

Presentada en el Tribunal la propuesta de juicio abreviado, se fijó la audiencia de visu, en la cual Flores, fue interrogada si ratificaba su reconocimiento de participación en el hecho imputado, si consentía la calificación legal asignada y la pena propuesta, ratificando su participación y responsabilidad en el hecho atribuido, aprobando el quantum punitivo.

En virtud de ello se dispuso pasar los autos a despacho para resolver, respecto de la procedencia del acuerdo de las partes y dictar el fallo respectivo.

 

Fallo

Por el mérito de las pruebas incorporadas y las argumentaciones de las partes letradas, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia en este juicio unipersonal, falla:

I- Declarar admisible la propuesta de juicio abreviado traída a consideración.

II- Condenar a Jessica Natalia Flores, por ser participe secundaria penalmente responsable del delito Transporte de estupefacientes, a la pena de 2 años y 8 meses de prisión, de cumplimiento en suspenso.

III- Imponer a Jessica Natalia Flores, por el plazo de 3 años, a contabilizar desde que la presente sentencia adquiera ejecutoriedad, las siguientes reglas de conducta por entender que resultan adecuadas para prevenir la comisión de nuevos delitos: Fijar domicilio, debiendo notificar al Tribunal cualquier modificación del mismo, y realizar presentaciones mensuales en la Comisaria Vecinal 8 A de CABA. Completar estudios secundarios nocturnos o realizar un curso, estudio o práctica de al menos tres años de duración, con la finalidad de obtener salida laboral lícita. El cumplimiento parcial de las referidas reglas de conducta deberá ser acreditado en forma documental y semestralmente, hasta su completa finalización, bajo apercibimiento.