Por reclamos de familiares, el TSJ ordenó auditar causas en Caleta Olivia
La conducción del Máximo Tribunal instruyó al Juez de Recursos para que inspeccione de manera urgente los expedientes de Mario García y Alejandro Palemarchuk. Otorgaron un plazo de 15 días para identificar retrasos procesales.
En una determinación con fuerte impacto en la estructura judicial de la zona norte santacruceña, la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió someter a auditoría administrativa las actuaciones tramitadas en los Juzgados de Instrucción de Caleta Olivia.
La medida, que lleva la firma del presidente del cuerpo, Dr. Gabriel N. Contreras Agüero, apunta a transparentar la labor de los magistrados actuantes y destrabar la marcha de expedientes frenados por la inacción judicial.
El detonante institucional se originó a partir de una presentación impulsada por Gissella Yamile Cruz, hermana de Mario García. En junio pasado, la mujer expuso directamente ante los vocales del TSJ las irregularidades y el estancamiento de la causa N° 88.070/25 —tramitada ante el Juzgado de Instrucción N° Uno—, iniciada a raíz de la desaparición y posterior muerte de su familiar. Ante la gravedad de los señalamientos, el Máximo Tribunal asumió la responsabilidad de actuar por la vía jerárquica para evitar que el expediente quede impune.
En el mismo acto, la cúpula judicial resolvió incorporar de oficio la causa donde se investiga el fallecimiento de Alejandro Palemarchuk. Se trata de un proceso calificado por el propio tribunal como de "singular complejidad", en el que los allegados a la víctima han hecho públicos recurrentes reclamos por la parálisis de los peritajes y la falta de avances concretos en sede penal.
Apoyándose en las facultades de superintendencia que le otorga el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N° 1600), la resolución del TSJ mandató al Juez de Recursos de la Segunda Circunscripción Judicial para que tome la conducción del relevamiento.
El magistrado auditor dispondrá de un término estricto de 15 días hábiles para elevar un informe pormenorizado en el que detalle las demoras injustificadas, las medidas de prueba pendientes de producción y las eventuales fallas en la instrucción de ambas investigaciones.
Asimismo, desde la Presidencia del Máximo Tribunal se aclaró que esta fiscalización reviste un carácter exclusivamente administrativo de control procesal. Con esta salvedad, la cúpula judicial busca preservar de manera estricta la imparcialidad del Juez de Recursos, impidiendo que emita opinión anticipada sobre las responsabilidades penales de las causas y asegurando su plena competencia jurisdiccional ante futuras apelaciones.