Cuenca Carbonífera

YCRT: Cuál sería la contrapropuesta de los mineros ante la intervención

El reclamo comenzó por la falta de aumento salarial durante los tres años en el que hubo un fuerte conflicto de la estatal. Si bien hubo aumentos salariales con la nueva gestión, hay sectores que perciben salarios por debajo de la canasta básica.

  • 30/08/2021 • 10:22

El viernes la propia gobernadora Alicia Kirchner mantuvo una reunión con el intendente de Río Turbio, Darío Menna, para poder destrabar el conflicto en YCRT, generado por el reclamo de mejoras salariales.

La mandataria provincial -según contó Menna- mantuvo una comunicación con el interventor de YCRT, Aníbal Fernández.

Ese mismo día en asamblea en boca de Mina 5, los trabajadores -que integran el CCT de ATE- aceptaron en parte la propuesta del Acta y adelantaron que confeccionarían una contrapropuesta para presentar en estos días a la intervención.

El conflicto, por el cual hubo medidas de fuerza desde hace semanas en el yacimiento, fue el primero que tuvo mayor impacto en la nueva gestión.

El reclamo se originó justamente por la falta de incrementos -congelamiento salarial- en los sueldos desde el 2017 al 2019, durante la intervención de Omar Zeidán. En este lapso, hubo "retiros voluntarios" que afectaron a 500 trabajadores, lo que provocó paros y reclamos de todo tipo hasta que los retiros se retrotrajeron.

"Desestimamos varios puntos del Acta, pero sí tomamos como base el punto de los sueldos para analizar y elaborar una contrapropuesta que se está trabajando ahora", dijo a TiempoSur Miguel Páez, congresal Provincial de ATE.

Páez señaló que la empresa propuso que el salario de los trabajadores que perciben menos de 100 mil en bruto, se eleve a 100 mil en bruto, "lo que sería cerca de 70 mil u 80 mil pesos de bolsillo".

"Esos trabajadores están por debajo de la canasta básica, por lo que no es un aumento muy significativo", precisó.

Esto alcanza para los que se desempeñan en superficie, talleres centrales, Punta Loyola y Planta Depuradora.

"Lo aceptamos como base, pero para seguir negociando", destacó y adelantó que la contrapropuesta consiste "en mejorar la distribución que ofrece la empresa para redistribuirlo de otra manera que sea más significativo para los compañeros".

El otro ofrecimiento -detalló- es un monto fijo no remunerativo "en concepto de deudas que mantiene el Estado con los trabajadores, una deuda que es significativa de la época de Macri en donde no hubo aumentos salariales, lo que generó un retraso en el poder adquisitivo".

Dicha deuda se mantiene con todo el personal de YCRT. "Planteamos que esta distribución se haga de otra manera, que no sea en concepto de deuda, sino recomponer la diferencia que existe entre el jerárquico y el de base, y luego se abra la mesa a otros reclamos que involucra a todos los gremios", recalcó.

Por ahora solo existe un borrador de esta contrapropuesta, se analiza, y será presentada próximamente.

"Esta deuda se originó en la época de Zeidán en la que se denunció el Convenio Colectivo, no se pagaron puntos esenciales del convenio y no se actualizaron diversos rubros del convenio que retrasó todo y hoy hay una pérdida importante en la masa salarial, sobre todo los compañeros de base, sin cargos jerárquicos, ya que los jerárquicos tuvieron un movimiento salarial", expuso.

Durante estos dos últimos años -resaltó Páez- pudo haber existido una "muestra para resolverlo, pero no fue así". Luego llegó la pandemia lo que imposibilitó cualquier reclamo "como corresponde".

Qué ofreció YCRT

Según publicó el sitio "El que Calla Otorga", estos fueron los puntos más importantes del Acta que presentó YCRT:

-Ante la solicitud de la entidad sindical al Sr. Interventor de atender la situación económica de los trabajadores de menores ingresos, la empresa ha resuelto otorgar con carácter excepcional un complemento No Remunerativo que eleve el monto de la remuneración bruta por todo concepto a partir del mes de septiembre 2021 según el siguiente detalle:

- Personal con antigüedad inferior a 2 años Remuneración mínima bruta por todo concepto 80.000 (pesos ochenta mil)

-Personal con antigüedad superior a 2 años Remuneración Mínima bruta por todo  concepto $ 100.000 (pesos cien mil)

-La empresa no adoptará medidas sancionatorias derivadas de las acciones de fuerza y/o manifestaciones llevadas a cabo por el personal, en el desarrollo de este conflicto.

-La empresa se obliga excepcionalmente a no descontar los días desde que los trabajadores y trabajadoras hayan comenzado con la medida de fuerza comunicada por la Asociación Sindical. Dejando expresa constancia que dicha obligación será solo para esta situación y por única vez, atento a que de continuar con medidas que afecten el normal funcionamiento de las aéreas de la empresa se respetarán las mismas conforme principios constitucionales, siempre que se realicen de acuerdo a los procedimientos vigentes.

-La empresa analizará los reclamos salariales de años anteriores a esta intervención correspondiente a BAE y Pasajes. Asimismo se acuerda otorgar una suma mensual de S20.000 (pesos veinte mil) a cuenta de la deuda que se determine oportunamente, cuyo pago comenzará conjuntamente con las remuneraciones del mes de septiembre de 2021. Se excluye de esta medida a aquellos trabajadores que hubieran iniciado acciones judiciales por estos conceptos. Se deja constancia que la adhesión al presente acuerdo estará sujeta a la manifestación expresa de voluntad de cada agente.

- Aquellos agentes que hayan dejado de percibir los rubros interior de mina y complemento de interior de mina correspondiente al mes de julio 2021, por haberse verificado que no cumplían tareas de manera permanente en interior de mina, se les abonará un importe equivalente "a cuenta de futuros aumentos" con sus respectivas implicancias, a los fines de no afectar la remuneración de los trabajadores en forma directa. Ello, hasta tanto la empresa realice la verificación exhaustiva de las labores que desarrolla cada trabajador que ha dejado de percibir dichos conceptos, a los fines de reevaluar la procedencia de dicho rubro a la liquidación mensual del agente.